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El modificado de obra es el documento técnico qué recoge y justifica las alteraciones introducidas en el proyecto original durante la fase de ejecución, ya sea por causas imprevistas del terreno, cambios normativos, decisiones del promotor o errores detectados en el proyecto inicial. Debe ser redactado por el técnico competente (arquitecto o ingeniero director), incluir memoria justificativa, planos actualizados y presupuesto comparativo, y en obra pública sujeta a la Ley de Contratos del Sector Público está limitado a supuestos tasados y a un porcentaje máximo sobre el precio de adjudicación, requiriendo aprobación formal antes de ejecutar las unidades modificadas. En obra privada, el modificado repercute directamente en el contrato de ejecución de obra firmado entre promotor y constructora, alterando plazo y presupuesto pactados.
Es el papel qué recoge por escrito qué cosas del plan original de la obra han cambiado sobre la marcha, por qué han cambiado y cuánto cuesta ese cambio de más o de menos. Sirve para qué todo el mundo —promotor, constructor y técnico— esté de acuerdo en qué se ha modificado y no haya líos después con el precio final o los plazos.
Si durante una reforma aparece un imprevisto —por ejemplo, una viga en mal estado qué no figuraba en el proyecto original— conviene exigir qué el técnico redacte un modificado de obra firmado antes de ejecutar la solución, documentando el cambio, su coste y su repercusión en plazo, en lugar de aceptar acuerdos verbales qué luego generan disputas sobre certificaciones.
En obra privada lo acuerdan promotor y constructor con el visto bueno del técnico director; en obra pública requiere aprobación del órgano de contratación siguiendo el procedimiento de la Ley de Contratos del Sector Público, con límites porcentuales sobre el presupuesto de adjudicación.
No necesariamente: puede suponer un ahorro si se sustituye una solución prevista por otra más económica, aunque en la práctica la mayoría de modificados surgen de imprevistos del terreno o de mejoras solicitadas por el promotor qué sí incrementan el presupuesto.
Genera inseguridad jurídica: el constructor puede tener dificultades para certificar y cobrar ese trabajo, y en caso de disputa será más difícil demostrar qué el cambio fue autorizado por la propiedad, motivo por el qué conviene formalizarlo siempre por escrito antes de ejecutar.