Qué es Contrato de Formación en Alternancia: definición, ejemplo y uso en España

Contrato de Formación en Alternancia — definición y uso en España

Definición de Contrato de Formación en Alternancia

El contrato de formación en alternancia es una modalidad contractual que permite al trabajador compaginar la actividad laboral remunerada con la formación académica o profesional recibida en el sistema educativo. Está regulado en el artículo 11 del Estatuto de los Trabajadores y la Ley Orgánica 3/2022 de ordenación e integración de la Formación Profesional.

Este tipo de contrato va dirigido a personas de hasta treinta años (sin límite de edad en personas con discapacidad) que carezcan de la cualificación profesional reconocida para el puesto. La jornada laboral no puede superar el 65 % el primer año ni el 85 % el segundo, reservando el resto al tiempo de formación. El salario mínimo es el proporcional al tiempo trabajado, sin que pueda ser inferior al SMI.

Ejemplo práctico: una empresa de hostelería contrata a un joven de 22 años con un contrato de formación en alternancia vinculado al ciclo de formación profesional de cocina que estudia. Tres días a la semana trabaja en el restaurante con sueldo y los otros dos días asiste al instituto. Al terminar el ciclo, tiene tanto el título como experiencia laboral certificada.

Qué significa Contrato de Formación en Alternancia en palabras simples

El contrato de formación en alternancia es para jóvenes que estudian y trabajan al mismo tiempo. La empresa te paga por las horas que trabajas mientras terminas tu carrera o FP. Así consigues titulación y experiencia a la vez.

Contrato de Formación en Alternancia explicación práctica

Cómo se aplica Contrato de Formación en Alternancia en España

En España, para formalizar un contrato de formación en alternancia hay que contar con la colaboración de un centro educativo o de formación. La empresa designa un tutor laboral y el centro educativo un tutor académico. Las cotizaciones sociales están bonificadas, lo que reduce el coste para el empleador. La duración mínima es de tres meses y la máxima de dos años.

Preguntas frecuentes sobre Contrato de Formación en Alternancia

¿Hasta qué edad se puede hacer un contrato de formación en alternancia?

La edad máxima general es de 30 años. No hay límite de edad para personas con discapacidad, víctimas de violencia de género o situaciones de exclusión social. Tampoco hay límite si el contrato está vinculado a estudios universitarios o de FP de grado superior.

¿Cuánto cobra un trabajador con contrato de formación en alternancia?

El salario debe ser proporcional al tiempo efectivo trabajado sin que pueda ser inferior al SMI. El primer año el trabajador puede trabajar hasta el 65 % de la jornada; el segundo año, hasta el 85 %. Las horas restantes se dedican a la formación.

¿El contrato de formación en alternancia cuenta para el paro?

Sí. Las cotizaciones realizadas durante el contrato de formación en alternancia cuentan para el acceso a la prestación por desempleo, aunque con algunas particularidades en el cálculo de la base reguladora dado el tiempo parcial de cotización.

Contrato de Formación en Alternancia en el contexto profesional español

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