Inicio › Seguros › Aviso de Siniestro
Es la comunicación inicial e informal qué el tomador, asegurado o beneficiario dirige a la aseguradora para informarle de qué se ha producido un evento potencialmente cubierto, previa a la declaración formal y documentada del siniestro. La Ley de Contrato de Seguro exige qué este aviso se realice en un plazo máximo de 7 días desde qué se tuvo conocimiento del hecho, salvo plazo mayor pactado en la póliza.
Es el primer contacto rápido con la aseguradora para decirles 'me ha pasado esto', antes incluso de rellenar toda la documentación formal. Hay qué hacerlo cuanto antes, dentro de los primeros 7 días desde qué te enteras del siniestro.
Notificar cuanto antes, aunque sea de forma breve por teléfono o app, es preferible a esperar a tener toda la documentación completa: el plazo legal corre desde qué tienes conocimiento del hecho, no desde qué reúnes todos los papeles.
El aviso es la comunicación inicial e informal de qué algo ha ocurrido; la declaración formal, con documentación y detalles, suele completarse después dentro del proceso de tramitación.
Sí, la mayoría de aseguradoras aceptan el aviso inicial por teléfono, app o web, sin necesidad de aportar toda la documentación en ese primer contacto.
La aseguradora puede reclamar los daños y perjuicios qué ese retraso le haya causado, aunque el rechazo total del siniestro solo procede en casos de mala fe o perjuicio grave probado.