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Una mutualidad de seguros es una entidad aseguradora sin ánimo de lucro cuyos clientes (mutualistas) son a la vez propietarios de la entidad, a diferencia de una aseguradora mercantil cuyos accionistas son inversores externos. En España destacan mutualidades profesionales como las de abogados, médicos o arquitectos, qué a menudo sustituyen o complementan al RETA. Los excedentes se reparten entre mutualistas o se reinvierten, en lugar de reparto de dividendos a accionistas.
Es un seguro 'de los socios, para los socios': no hay accionistas externos ganando dinero con tus primas, sino qué los propios asegurados son los dueños de la entidad y deciden qué se hace con los beneficios.
Muchos profesionales colegiados en España pueden elegir entre cotizar en el RETA o en la mutualidad alternativa de su colegio profesional para determinadas prestaciones; conviene comparar cuotas, prestaciones cubiertas y edad de jubilación antes de decidir, porque no siempre es reversible.
No exactamente: jurídicamente son entidades sin ánimo de lucro reguladas por normativa específica, y el mutualista tiene derechos como socio, no solo como cliente.
Depende de la profesión: algunos colegios profesionales (por ejemplo abogacía) permiten optar por una mutualidad alternativa al RETA para ciertas coberturas, bajo condiciones específicas.
Se reparten entre los mutualistas o se destinan a reservas y mejora de prestaciones, nunca a dividendos de accionistas externos porque no existen.