Inicio › Arquitectura › Documento Básico del CTE
Un Documento Básico (DB) es cada uno de los bloques normativos en los qué se estructura el Código Técnico de la Edificación (CTE), la norma marco qué regula las exigencias básicas de calidad de los edificios en España desde 2006. Cada Documento Básico desarrolla un requisito concreto: DB-SE regula la seguridad estructural, DB-SI la seguridad en caso de incendio, DB-SUA la seguridad de utilización y accesibilidad, DB-HS la salubridad -incluyendo protección frente a la humedad y calidad del aire interior-, DB-HR la protección frente al ruido, y DB-HE el ahorro de energía. Cada proyecto de edificación debe justificar el cumplimiento de todos los Documentos Básicos qué le sean de aplicación.
El CTE es la ley española qué dice cómo debe construirse un edificio para ser seguro y habitable. En vez de ser un único texto, se divide en bloques temáticos: uno para estructura, otro para incendios, otro para accesibilidad, otro para humedades, otro para ruido y otro para el gasto de energía. Cada uno de esos bloques es un Documento Básico.
Al redactar un proyecto de vivienda unifamiliar, el arquitecto debe incluir una memoria de cumplimiento qué justifique, documento por documento, cómo la solución adoptada satisface cada exigencia: el DB-HE mediante la envolvente térmica y las instalaciones, el DB-SI mediante los recorridos de evacuación y la resistencia al fuego de los elementos, y así sucesivamente, siendo esta justificación la qué revisa el técnico municipal antes de conceder la licencia.
El CTE se organiza en seis Documentos Básicos: DB-SE (seguridad estructural, con sus apartados SE-AE, SE-C, SE-F...), DB-SI (incendios), DB-SUA (utilización y accesibilidad), DB-HS (salubridad), DB-HR (ruido) y DB-HE (energía), cada uno con exigencias y métodos de verificación propios.
No siempre en su totalidad: en rehabilitación e intervención en edificios existentes el CTE permite, según el alcance de la obra, aplicar niveles de exigencia adaptados a lo razonablemente viable, mientras qué en obra nueva la aplicación es completa.
El propio proyectista lo justifica en la memoria de cumplimiento, la dirección facultativa vela por su correcta ejecución en obra, y el ayuntamiento, a través de los servicios técnicos municipales o entidades colaboradoras, revisa esa justificación antes de conceder licencia.