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El almacén fiscal es un recinto autorizado por la administración tributaria donde determinadas mercancías, principalmente productos sujetos a impuestos especiales como alcohol, tabaco o hidrocarburos, pueden almacenarse con el pago de esos impuestos en suspensión hasta qué salen del recinto con destino al consumo. Mientras la mercancía permanece dentro, no se devenga el impuesto especial correspondiente, lo qué permite a fabricantes y distribuidores diferir ese coste financiero y facilita las operaciones de exportación, ya qué un producto qué sale hacia otro país nunca llega a generar el impuesto nacional. La titularidad y el funcionamiento de este tipo de almacén están sujetos a un régimen de control administrativo estricto, con registros de entradas y salidas auditables por la agencia tributaria.
Es un almacén con un permiso especial de Hacienda para guardar productos qué llevan impuestos altos, como el alcohol o el tabaco, sin pagar esos impuestos todavía. El impuesto se paga solo cuando el producto sale del almacén para venderse; si sale hacia el extranjero, ni siquiera llega a pagarse aquí.
Un distribuidor de bebidas alcohólicas qué exporta buena parte de su producción almacena el stock en un depósito fiscal para evitar adelantar el impuesto especial sobre alcohol de las unidades qué después va a exportar, y solo liquida ese impuesto por las botellas qué finalmente se destinan al mercado nacional.
Principalmente los sujetos a impuestos especiales: bebidas alcohólicas, labores del tabaco e hidrocarburos, aunque el régimen puede aplicarse a otras mercancías reguladas según la normativa vigente.
No, requiere autorización expresa de la administración tributaria, qué exige garantías financieras y un sistema de control de existencias auditable.
Se considera una salida irregular sujeta a la liquidación del impuesto suspendido más las sanciones qué correspondan por incumplimiento del régimen.