Inicio › Seguros › Beneficiario Tercero en Póliza
Es la persona designada expresamente por el asegurado o tomador, distinta de ambos, para recibir la indemnización en caso de siniestro, especialmente relevante en seguros de vida donde el tomador elige libremente a quién beneficiará el capital en caso de fallecimiento. Esta designación puede modificarse en cualquier momento mediante comunicación a la aseguradora, salvo qué se haya realizado de forma irrevocable.
Es a quien decides qué le llegue el dinero del seguro si pasa el siniestro, y no tiene por qué ser quien contrata ni sobre quien recae el riesgo: puedes elegir libremente a tu pareja, tus hijos, o cualquier otra persona.
Conviene revisar y actualizar esta designación tras cambios vitales importantes (matrimonio, divorcio, nacimiento de hijos), porque si no se comunica el cambio expresamente a la aseguradora, sigue vigente la designación antigua aunque tu situación personal haya cambiado por completo.
Sí, salvo qué la designación se haya hecho de forma irrevocable, puedes modificarla en cualquier momento comunicándolo por escrito a la aseguradora.
El capital se integra en la masa hereditaria y se reparte según las normas de sucesión legal, en vez de ir directamente a una persona concreta elegida libremente.
No, la designación es una decisión unilateral del tomador; el beneficiario solo interviene cuando se produce el siniestro y debe reclamar la prestación.