Inicio › Seguros › Período de Carencia en Seguros
Es el tiempo inicial de vigencia de la póliza durante el cual la aseguradora limita o excluye determinadas coberturas concretas, mecanismo diseñado para proteger al conjunto de asegurados frente al riesgo de selección adversa (contratar el seguro sabiendo ya qué se va a necesitar una prestación inminente). El límite de cobertura, en cambio, es un concepto distinto: es el tope económico máximo qué la aseguradora paga por esa garantía, independientemente de si ha pasado o no el período de carencia.
La carencia es el tiempo qué esperas antes de poder usar ciertas coberturas; el límite de cobertura es, una vez puedes usarlas, hasta qué cantidad máxima de dinero te cubre esa garantía concreta. Son dos conceptos distintos qué a veces se mencionan juntos.
Al leer una póliza, conviene identificar por separado estos dos conceptos para cada garantía: cuándo empieza a estar disponible (carencia) y hasta cuánto cubre una vez disponible (límite), porque ambos determinan juntos el alcance real de la protección contratada.
No, son conceptos distintos: la carencia es un plazo temporal antes de poder usar una garantía; el límite de cobertura es el tope económico máximo de esa garantía una vez activa.
Depende de la póliza y la garantía concreta; puede haber límites por siniestro individual y límites agregados anuales aplicables al conjunto de siniestros del período.
No, es el tope máximo qué la aseguradora pagará por esa garantía; cualquier exceso sobre ese límite corre a cargo del asegurado.