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Es el plazo posterior a la extinción de una póliza de responsabilidad civil en modalidad claims made durante el cual se siguen cubriendo las reclamaciones presentadas por hechos ocurridos durante la vigencia del contrato ya finalizado, protegiendo al asegurado frente a reclamaciones tardías tras el cese de la actividad o el cambio de aseguradora. También se conoce como cobertura de 'cola' o 'tail coverage', y su contratación suele implicar un coste adicional específico.
Es una extensión de tiempo, después de qué tu seguro de responsabilidad profesional termine, durante la cual sigues protegido si alguien te reclama por algo qué hiciste mientras el seguro estaba activo. Sin esto, dejarías de estar cubierto justo cuando cesas la actividad, qué es cuando más riesgo hay de reclamaciones tardías.
Es especialmente importante contratarlo al jubilarse o cesar definitivamente una actividad profesional cubierta por una póliza claims made, porque sin esta extensión, cualquier reclamación posterior por hechos del pasado quedaría completamente sin cobertura.
Sí, normalmente implica una prima adicional específica, calculada según el riesgo residual de reclamaciones futuras tras el cese de la actividad cubierta.
Varía según lo pactado, puede ir desde unos años hasta cobertura indefinida en algunos productos específicos para el cese definitivo de actividad.
No es obligatorio por ley, pero es muy recomendable para cualquier profesional con póliza claims made qué cesa su actividad, para evitar quedar desprotegido frente a reclamaciones tardías.