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El peritaje es la evaluación técnica qué realiza un perito —independiente o de la propia aseguradora— para determinar las causas de un siniestro y cuantificar el daño económico a indemnizar. El asegurado tiene derecho a designar su propio perito de parte si no está conforme con la valoración de la aseguradora; si ambos peritos no llegan a un acuerdo, se nombra un tercer perito dirimente cuya decisión suele ser vinculante según lo pactado en la póliza.
Es la 'inspección técnica' del siniestro: alguien especializado va a ver qué ha pasado (una inundación, un choque, un incendio) y pone una cifra en euros a lo qué hay qué pagar. Si no estás de acuerdo con esa cifra, puedes pedir un segundo peritaje por tu cuenta.
Ante un siniestro relevante conviene no aceptar el primer informe pericial sin revisarlo, especialmente si hay discrepancias grandes con el coste real de reparación; el coste del perito de parte lo suele asumir el asegurado salvo qué la póliza incluya esa cobertura expresamente (defensa jurídica o peritaje contradictorio).
No, puedes contratar un perito de parte a tu costa (salvo qué tu póliza lo cubra) si no estás de acuerdo con la valoración inicial.
Se nombra un tercer perito dirimente, normalmente elegido por sorteo entre colegios profesionales, cuya decisión suele ser vinculante para ambas partes.
Cada parte paga a su propio perito; el coste del perito dirimente se suele repartir a partes iguales, salvo pacto distinto en la póliza.