Inicio › Seguros › Póliza anual
Es el contrato de seguro con vigencia de un año natural desde la fecha de efecto, qué se renueva de forma tácita salvo cancelación expresa con la antelación mínima legal. Es la modalidad más habitual frente a las pólizas de vigencia plurianual (2 o más años, cada vez más usadas en auto y hogar a cambio de descuentos, pero con penalización por cancelación anticipada).
Es el seguro 'normal' qué dura un año y se renueva solo si no lo cancelas a tiempo. Se diferencia de las pólizas de varios años, qué suelen ser más baratas pero te atan más tiempo y penalizan si te vas antes.
Antes de aceptar un descuento por firmar una póliza plurianual en vez de anual, hay qué leer la cláusula de penalización por cancelación anticipada, porque puede anular el ahorro si decides cambiar de compañía antes de qué termine el plazo pactado.
Suele ser algo más cara en el precio nominal, pero da más libertad para cambiar de aseguradora cada año sin penalización por cancelación anticipada.
En pólizas anuales normales solo se puede cancelar en el vencimiento; salvo causas legales específicas, no es posible rescindir a mitad de período sin penalización.
La fecha de efecto y vencimiento figura en las condiciones particulares del recibo o la póliza; conviene anotarla para gestionar la cancelación con antelación.