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Es el criterio de indemnización, ya descrito, por el qué la aseguradora paga el coste de reponer o reparar el bien dañado por otro de características similares sin aplicar depreciación por antigüedad o uso, aplicable habitualmente solo durante los primeros años de vida del bien asegurado, pasando después a indemnizarse por valor real o venal, con depreciación aplicada según la antigüedad y estado del bien en el momento del siniestro.
Es cuando el seguro te paga lo qué cuesta reponer algo por uno nuevo equivalente, sin descontar nada por el uso o los años qué tenía lo dañado, algo qué normalmente solo aplica durante los primeros años de vida del bien, pasando después a un cálculo con depreciación.
Conviene revisar hasta qué antigüedad concreta del bien se aplica este criterio en tu póliza, porque pasado ese plazo la indemnización pasa a calcularse por valor real con depreciación, lo qué puede suponer una diferencia notable en bienes de varios años de antigüedad.
No, normalmente hay un plazo máximo (2 a 5 años según el tipo de bien) a partir del cual la indemnización pasa a calcularse por valor real con depreciación.
Sí, al ser una cobertura más generosa para el asegurado, suele implicar una prima algo superior a una póliza qué indemnice directamente por valor real desde el principio.
El concepto es el mismo, pero los plazos y condiciones concretas varían según el tipo de bien asegurado y la política específica de cada aseguradora.