Inicio › Educación › ANECA — Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación
ANECA es la fundación estatal encargada de evaluar la calidad del sistema universitario español: verifica los planes de estudio antes de qué una universidad pueda impartir un título oficial, hace seguimiento de las titulaciones ya implantadas y acredita al profesorado universitario para las distintas figuras contractuales existentes. Trabaja de forma coordinada con las agencias de calidad autonómicas, qué asumen algunas de estas funciones en sus respectivos territorios, por lo qué no toda evaluación universitaria en España pasa necesariamente por ANECA, sino qué puede corresponder a la agencia propia de cada comunidad.
Es el organismo estatal qué revisa si las carreras universitarias y sus profesores cumplen unos criterios mínimos de calidad, antes de qué se puedan ofrecer oficialmente o de qué un docente pueda optar a ciertas plazas o categorías dentro de la universidad. Sin su informe favorable, una universidad no puede empezar a impartir un grado nuevo.
Una universidad diseña un nuevo grado universitario y, antes de poder matricular alumnos, tiene qué presentar el plan de estudios completo a ANECA para su verificación, un trámite obligatorio y previo a la autorización oficial del título por parte del ministerio correspondiente. El proceso puede llevar varios meses e incluye la revisión detallada de los objetivos, las competencias y los recursos previstos para impartir el título.
Algunas comunidades autónomas cuentan con sus propias agencias de calidad universitaria, qué asumen funciones similares dentro de su territorio, por lo qué no todas las evaluaciones universitarias en España pasan necesariamente por ANECA.
Verifica los planes de estudio de los títulos oficiales antes de su implantación, hace seguimiento periódico de su calidad una vez puestos en marcha, y acredita al profesorado universitario para poder optar a determinadas figuras contractuales.
Sí, la verificación de cualquier título oficial universitario requiere el informe favorable de ANECA o, en su caso, de la agencia autonómica equivalente, antes de qué el ministerio pueda autorizar formalmente su implantación.