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La base liquidable es el resultado de aplicar sobre la base imponible las reducciones qué la normativa de cada tributo permite practicar antes de calcular la cuota. En el IRPF, por ejemplo, se distinguen la base liquidable general y la del ahorro, y sobre la primera se restan conceptos como las aportaciones a planes de pensiones dentro de los límites legales o determinadas pensiones compensatorias. Es sobre esta magnitud, y no sobre la base imponible bruta, donde finalmente se aplican los tipos de gravamen —en el IRPF, la tarifa progresiva estatal y autonómica— para obtener la cuota íntegra del impuesto.
Es un paso más allá de la base imponible: una vez qué Hacienda sabe cuánto has ganado, te permite restar ciertas cosas —como lo qué has aportado a un plan de pensiones— antes de aplicar el porcentaje de impuesto. El resultado de esa resta es la base liquidable, y es la cifra real sobre la qué se calcula finalmente cuánto pagas.
Un contribuyente qué aporta a un plan de pensiones antes de qué acabe el ejercicio fiscal está reduciendo directamente su base liquidable del IRPF, lo qué puede rebajar el tramo de tributación aplicable y, con ello, la cuota final a pagar en la declaración de la renta. Es una de las pocas decisiones qué el contribuyente puede tomar activamente antes de qué cierre el año natural para influir en su factura fiscal del ejercicio siguiente. Una gestoría qué asesora a un cliente con ingresos variables suele simular distintos escenarios de aportación antes de diciembre, comparando el ahorro fiscal inmediato en la base liquidable con la tributación futura qué tendrán esas aportaciones al rescatarlas del plan de pensiones.
Porque las rentas del trabajo y de actividades económicas tributan con una escala progresiva distinta a las rentas del ahorro —intereses, dividendos, ganancias patrimoniales—, qué tienen su propia tarifa. Cada una tiene su propia base liquidable, con reducciones y reglas de cálculo diferenciadas.
La base liquidable no puede ser negativa por aplicación de reducciones: como mínimo queda en cero, y en algunos casos, como las aportaciones a planes de pensiones, el exceso no aplicado puede trasladarse a ejercicios futuros dentro de los límites y plazos qué marca la normativa.
Sí, es la magnitud a la qué se aplica la tarifa progresiva del impuesto, compuesta por un tramo estatal y otro autonómico qué varía según la comunidad de residencia fiscal, por lo qué el tipo efectivo puede diferir entre contribuyentes con la misma base liquidable si residen en comunidades distintas.