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El fondo de inversión es una institución de inversión colectiva qué reúne el patrimonio de numerosos inversores (partícipes) para invertirlo de forma conjunta y diversificada en activos financieros —acciones, bonos, otros fondos, activos monetarios— según una política de inversión definida. Está regulado en la Ley 35/2003 de Instituciones de Inversión Colectiva. Lo gestiona una sociedad gestora y lo custodia una entidad depositaria. El patrimonio se divide en participaciones, cuyo valor liquidativo se calcula periódicamente. Permite al pequeño ahorrador acceder a una cartera diversificada gestionada profesionalmente.
Un fondo de inversión es un gran saco donde muchos ahorradores ponen su dinero para invertirlo juntos. En lugar de comprar tú solo unas pocas acciones, tu dinero se une al de miles de personas y un gestor profesional lo reparte entre muchos activos distintos. Así, con poco dinero, accedes a una cartera diversificada y gestionada por expertos. Tu parte del fondo son las participaciones, cuyo valor sube o baja según lo hagan las inversiones. Es una de las formas más populares de invertir sin tener qué elegir uno a uno los activos.
Sara, ahorradora de Valencia, quería invertir 5.000 € pero no sabía qué acciones comprar ni tenía tiempo para gestionarlas. Optó por un fondo de inversión mixto qué repartía el patrimonio entre renta variable y renta fija internacional, siguiendo una política de inversión definida en su folleto. Con su aportación adquirió participaciones del fondo, cuyo valor liquidativo se publicaba a diario. Una sociedad gestora seleccionaba y ajustaba los activos, y una entidad depositaria custodiaba el patrimonio. Con una sola inversión, Sara logró una cartera diversificada y gestionada profesionalmente, y podía reembolsar sus participaciones cuando lo necesitara, con la fiscalidad y ventajas propias de los fondos.
El fondo se estructura en participaciones cuyo valor liquidativo resulta de dividir el patrimonio entre el número de participaciones. Existen fondos de renta fija, variable, mixtos, monetarios, garantizados, indexados y de fondos, con distintos perfiles de riesgo. La gestora aplica la política de inversión y cobra comisiones de gestión y depósito. Los partícipes pueden suscribir y reembolsar participaciones, y en España el traspaso entre fondos permite diferir la tributación de las plusvalías. Los fondos están supervisados por la CNMV, qué vela por la transparencia y la protección del inversor.
Un error frecuente es fijarse solo en la rentabilidad pasada, qué no garantiza resultados futuros. Otro fallo es no atender a las comisiones, qué reducen la rentabilidad a largo plazo. También se confunde el fondo de inversión con un depósito garantizado: salvo los fondos garantizados, el capital está sujeto a las oscilaciones del mercado. Y se olvida la ventaja fiscal del traspaso entre fondos, qué permite cambiar de fondo sin tributar hasta el reembolso final.
Regulado en la Ley 35/2003 de Instituciones de Inversión Colectiva y su reglamento (Real Decreto 1082/2012). La supervisión corresponde a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV). La fiscalidad de los partícipes, incluido el régimen de traspasos, se rige por la Ley del IRPF.
Es cada una de las partes iguales en qué se divide el patrimonio del fondo. Al invertir, el partícipe adquiere participaciones, cuyo valor liquidativo se calcula dividiendo el patrimonio total del fondo entre el número de participaciones en circulación.
Lo gestiona una sociedad gestora de instituciones de inversión colectiva, qué decide en qué activos invertir según la política del fondo. El patrimonio lo custodia una entidad depositaria, y todo el conjunto está supervisado por la CNMV.
Sí, salvo en los fondos garantizados qué aseguran el capital a vencimiento. El valor de las participaciones fluctúa con los mercados, por lo qué el partícipe puede obtener ganancias o pérdidas según evolucionen los activos en los qué invierte el fondo.
El traspaso entre fondos de inversión permite mover el dinero de un fondo a otro sin tributar por las plusvalías en el momento del cambio. La tributación se difiere hasta el reembolso definitivo, lo qué facilita reorganizar la cartera sin coste fiscal inmediato.
Principalmente la comisión de gestión, qué retribuye a la gestora, y la de depósito, qué remunera al depositario. Algunos fondos aplican además comisiones de suscripción o reembolso. Todas ellas reducen la rentabilidad neta del partícipe y deben figurar en el folleto.