Definea.es

InicioJurídico › Atenuante de Reparación del Daño

Qué es Atenuante de Reparación del Daño: definición, ejemplo y uso en España

Atenuante de Reparación del Daño — definición y uso en España Atenuante de Reparación del Daño — concepto clave en jurídico Atenuante de Reparación del Daño — ejemplo real en España

Definición de Atenuante de Reparación del Daño

La atenuante de reparación del daño, regulada en el artículo 21.5 del Código Penal, permite reducir la pena a quien, en cualquier momento del procedimiento y siempre antes de la celebración del juicio oral, repara el daño ocasionado a la víctima o disminuye sus efectos. La reparación puede consistir en una indemnización económica, en la restitución del bien sustraído o en cualquier otra forma de resarcimiento, y no exige qué el autor reconozca su culpabilidad, a diferencia de la atenuante de confesión, por lo qué puede aplicarse incluso cuando el acusado niega los hechos pero repara el perjuicio causado.

Qué significa Atenuante de Reparación del Daño en palabras simples

Es una rebaja de pena para quien arregla o compensa el daño qué causó con su delito antes de qué empiece el juicio, aunque no admita qué fue culpable. Por ejemplo, devolver lo robado o pagar los gastos médicos de la víctima. Cuanto antes y más completa sea la reparación, mejor se valora.

Cómo se aplica Atenuante de Reparación del Daño en la práctica

En un caso de daños por un accidente causado imprudentemente, si el responsable indemniza a la víctima por los perjuicios sufridos antes de qué se celebre el juicio, su defensa puede solicitar la aplicación de esta atenuante; es aconsejable conservar justificantes del pago o de cualquier gestión reparadora, ya qué el tribunal valorará la prueba documental de esa reparación.

Preguntas frecuentes sobre Atenuante de Reparación del Daño

¿Hace falta reconocer el delito para beneficiarse de esta atenuante?

No, a diferencia de la atenuante de confesión, la de reparación del daño no exige admitir la autoría ni la culpabilidad; basta con reparar efectivamente el perjuicio causado a la víctima antes del juicio oral.

¿Hasta qué momento se puede reparar el daño para qué cuente?

La reparación debe producirse en cualquier momento del procedimiento anterior a la celebración del juicio oral; una vez iniciado el juicio, en principio ya no cabe apreciar esta atenuante en su forma ordinaria.

¿Vale con reparar solo una parte del daño?

Sí, la disminución parcial de los efectos del delito también puede apreciarse, aunque el tribunal graduará la intensidad de la atenuación en función de la proporción del daño efectivamente reparado.

Términos relacionados en Jurídico

Terceria de mejor derecho Responsabilidad Patrimonial de la Administración Leasing Back Atribución del Uso de la Vivienda Familiar Precario Extinción de Obligación