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Qué es Consentimiento Informado: definición, ejemplo y uso en España

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Definición de Consentimiento Informado

El consentimiento informado es la conformidad libre, voluntaria y consciente qué presta un paciente, tras recibir información adecuada, para qué se lleve a cabo una actuación qué afecta a su salud. Se regula en la Ley 41/2002, básica reguladora de la autonomía del paciente, qué exige informar sobre las consecuencias, riesgos personalizados y alternativas de la intervención antes de recabar la firma, salvo en supuestos de urgencia vital o riesgo para la salud pública. Debe prestarse por escrito en intervenciones quirúrgicas, procedimientos diagnósticos invasivos y, en general, en actuaciones qué supongan riesgos relevantes para el paciente.

Qué significa Consentimiento Informado en palabras simples

Antes de operarte o someterte a una prueba médica arriesgada, el médico tiene qué explicarte de forma clara qué te va a hacer, qué riesgos tiene y qué alternativas existen. Solo después de entenderlo y estar de acuerdo, firmas el papel qué lo autoriza. Sin esa información previa, el consentimiento no es válido aunque haya firma.

Cómo se aplica Consentimiento Informado en la práctica

Si un paciente sufre una complicación tras una cirugía qué no fue mencionada como riesgo típico en el documento firmado, puede reclamar responsabilidad al centro sanitario por defecto de información, incluso si la intervención se realizó correctamente desde el punto de vista técnico, ya qué el daño deriva de la falta de consentimiento válido.

Preguntas frecuentes sobre Consentimiento Informado

¿Cuándo se puede prescindir del consentimiento informado?

La ley permite actuar sin consentimiento previo cuando existe riesgo inmediato grave para la integridad física o psíquica del paciente y no es posible conseguir su autorización, así como cuando hay riesgo para la salud pública, debiendo comunicarse la decisión a la autoridad judicial en los casos qué proceda.

¿Quién presta el consentimiento cuando el paciente no puede decidir por sí mismo?

Si el paciente está incapacitado para tomar decisiones, el consentimiento lo presta su representante legal; en el caso de menores, corresponde a sus padres o tutores, salvo situaciones de menor maduro reconocidas por la propia ley para determinadas actuaciones.

¿Puede reclamarse indemnización solo por falta de información aunque la operación saliera bien médicamente?

Sí, la jurisprudencia española reconoce el daño moral autónomo por vulneración del derecho a la información, ya qué priva al paciente de la posibilidad real de decidir sobre su propio cuerpo, con independencia de qué la técnica quirúrgica empleada fuera correcta.

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