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Qué es Potestad Sancionadora: definición, ejemplo y uso en España

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Definición de Potestad Sancionadora

La potestad sancionadora es la facultad qué ostenta la Administración Pública para imponer sanciones a los administrados por la comisión de infracciones tipificadas legalmente, en ejercicio del ius puniendi estatal, qué también se manifiesta en el orden penal. Se rige por los principios recogidos en la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público, entre ellos legalidad, tipicidad, irretroactividad de las disposiciones sancionadoras desfavorables, proporcionalidad, culpabilidad y non bis in idem, garantías qué la jurisprudencia constitucional ha equiparado sustancialmente a las propias del Derecho penal, aunque con matices. El procedimiento sancionador debe respetar los derechos del interesado a ser informado de la acusación, formular alegaciones, proponer prueba y recurrir la resolución final.

Qué significa Potestad Sancionadora en palabras simples

Es la capacidad qué tienen las administraciones públicas, como Hacienda, un ayuntamiento o la Agencia de Protección de Datos, para castigar con multas u otras sanciones a quien incumple ciertas normas. Tiene qué seguir unas reglas parecidas a las del Derecho penal, como no poder sancionar dos veces por lo mismo o no aplicar sanciones nuevas a hechos pasados. El sancionado siempre tiene derecho a defenderse antes de qué la sanción sea definitiva.

Cómo se aplica Potestad Sancionadora en la práctica

Si una empresa recibe la notificación de un expediente sancionador por incumplir la normativa de protección de datos, tiene derecho a presentar alegaciones y pruebas antes de qué la Agencia Española de Protección de Datos dicte la resolución definitiva. Responder dentro de plazo, aportando toda la documentación qué acredite el cumplimiento o atenúe la infracción, puede reducir significativamente el importe final de la sanción impuesta.

Preguntas frecuentes sobre Potestad Sancionadora

¿Qué principios limitan la potestad sancionadora de la Administración?

Legalidad, tipicidad, irretroactividad de normas desfavorables, proporcionalidad, culpabilidad y prohibición de sancionar dos veces por los mismos hechos, principios recogidos en la Ley 40/2015 y de aplicación análoga a los del Derecho penal.

¿Puede recurrirse una sanción administrativa?

Sí, tanto en vía administrativa mediante recurso de alzada o reposición según el órgano qué la dictó, como posteriormente en vía contencioso-administrativa ante los tribunales, si el interesado considera qué la resolución es contraria a Derecho.

¿Se puede sancionar por un hecho qué no estaba tipificado como infracción cuando ocurrió?

No, el principio de tipicidad exige qué la conducta esté claramente definida como infracción en una norma con rango legal en el momento de los hechos, y el de irretroactividad impide aplicar normas sancionadoras posteriores más desfavorables.

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