Definea.es

InicioJurídico › Revocación de poder

Qué es Revocación de poder: definición, ejemplo y uso en España

Revocación de poder — definición y uso en España

Definición de Revocación de poder

La revocación de poder es el acto unilateral por el que el poderdante —quien concedió el poder— deja sin efecto la autorización previamente otorgada al apoderado para actuar en su nombre. Está regulada en el artículo 1732 del Código Civil, que establece la extinción del mandato por la revocación del mandante. La revocación es un derecho irrenunciable del poderdante (art. 1733 CC: 'El mandante puede revocar el mandato a su voluntad') y surte efecto desde su comunicación al apoderado. Para ser oponible a terceros de buena fe, debe comunicarse a quienes contraten con el apoderado; de lo contrario, el mandante queda obligado por los actos del apoderado aunque ya haya revocado el poder.

Qué significa Revocación de poder en palabras simples

Revocar un poder es como quitarle la llave que le diste a alguien. Cuando le das un poder notarial a alguien, le estás diciendo 'puedes actuar en mi nombre'. Cuando se lo revocan, le estás diciendo 'ya no tienes esa autorización'. Pero si el apoderado firma un contrato el mismo día que le revocas el poder, sin saber que lo has revocado, ese contrato puede seguir siendo válido para el tercero de buena fe que contrató con él. Por eso, cuando revoques un poder notarial, lo más seguro es comunicarlo formalmente al apoderado y, si hay terceros importantes (como el banco), avisarles también directamente.

Ejemplo práctico de Revocación de poder

Carmen Morales otorgó en 2020 un poder notarial amplio a su cuñado Jorge para gestionar todos sus bienes mientras vivía en el extranjero. En 2023 su relación con Jorge se deterioró. Carmen acudió a la notaría y otorgó escritura de revocación del poder. El notario la comunicó al apoderado y la inscribió en el Registro Notarial, pero Carmen olvidó notificar al banco donde Jorge gestionaba sus inversiones. Diez días después de la revocación, Jorge dispuso de 18.000 € de la cuenta de Carmen arguyendo que tenía poder vigente. El banco, actuando de buena fe al no haber recibido notificación, ejecutó la operación. Carmen tuvo que reclamar a Jorge directamente la devolución del dinero, ya que el banco estaba protegido como tercero de buena fe. Este caso ilustra la importancia de notificar la revocación a todos los que contratan con el apoderado.

Cómo se aplica Revocación de poder en la práctica

Para revocar un poder notarial, el poderdante acude a la notaría y otorga escritura de revocación, que el notario comunica al apoderado. Además, para que la revocación sea oponible a los terceros que contratan con el apoderado, debe comunicarse a estos de forma fehaciente (burofax, carta notarial, notificación directa). El Registro de Poderes Notariales permite a los terceros verificar si un poder sigue vigente. La revocación puede hacerse aunque el poder no tuviera plazo. Si el poderdante muere, el poder se extingue automáticamente sin necesidad de revocación. Los actos realizados por el apoderado de buena fe tras recibir la revocación son inoponibles al poderdante.

Errores frecuentes sobre Revocación de poder

Error 1: creer que la revocación notarial es suficiente para protegerse frente a todos los terceros —es necesario comunicarla a cada tercero relevante. Error 2: olvidar que el poder preventivo para la incapacidad subsiste aunque el poderdante pierda la capacidad —solo se extingue con la muerte. Error 3: ignorar que la muerte del poderdante extingue automáticamente el poder, aunque el apoderado no lo sepa. Error 4: no inscribir la revocación en el Registro de Poderes Notariales, lo que limita la protección frente a terceros.

Marco normativo

Art. 1732 CC (extinción del mandato). Art. 1733 CC (revocabilidad del mandato). Art. 1734 CC (irresponsabilidad del mandatario de buena fe que ejecuta el mandato sin saber que fue revocado). El Registro de Poderes Notariales permite la consulta de vigencia de poderes.

Preguntas frecuentes sobre Revocación de poder

¿¿Puede el poderdante renunciar a revocar un poder??

No. El art. 1733 CC reconoce que el mandante puede revocar el mandato a su voluntad y que no puede obligarse a no hacerlo. Cualquier cláusula que prohíba la revocación es nula.

¿¿La revocación tiene alguna formalidad especial??

Para ser eficaz respecto al apoderado, basta con comunicársela. Para ser oponible a terceros de buena fe, la revocación debe comunicárseles de forma fehaciente. La escritura notarial y la inscripción en el Registro de Poderes son las formas más seguras.

¿¿Qué pasa si el apoderado firma después de recibir la revocación??

Los actos del apoderado tras recibir la revocación son inoponibles al poderdante. Si el apoderado actúa de mala fe, puede incurrir en responsabilidad civil y penal (estafa, apropiación indebida).

¿¿Puede revocarse parcialmente un poder??

Sí. El poderdante puede revocar solo parte del poder (por ejemplo, eliminar la facultad de disponer de inmuebles pero mantener la de gestionar cuentas bancarias). Debe hacerse mediante escritura notarial de revocación parcial.

¿¿El poder se extingue con la muerte del apoderado??

Sí. El poder se extingue tanto por la muerte del poderdante como por la muerte del apoderado (art. 1732 CC). También se extingue por incapacidad sobrevenida del poderdante, salvo que el poder sea preventivo.

Términos relacionados en Jurídico

Poder notarial Representacion legal Capacidad juridica Acto juridico Escritura publica Negocio juridico