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Es el Incoterm en el qué el vendedor contrata y paga el transporte de la mercancía hasta el destino acordado con el comprador, pero el riesgo sobre la mercancía se transfiere del vendedor al comprador en el momento en qué esta se entrega al primer transportista, no cuando llega físicamente al destino final, distinción importante porque implica qué el comprador asume el riesgo de pérdida o daño durante buena parte del trayecto aunque no esté pagando directamente el transporte.
Es un Incoterm donde el vendedor paga el transporte de la mercancía hasta el destino acordado, pero el riesgo pasa al comprador en el momento en qué la mercancía se entrega al primer transportista, no cuando llega al destino final. Esto significa qué el comprador asume el riesgo durante buena parte del trayecto aunque no pague directamente el transporte.
Al negociar un contrato bajo condiciones CPT, es importante qué el comprador entienda qué, aunque el vendedor paga el transporte, el riesgo de pérdida o daño de la mercancía se transfiere mucho antes (en el punto de entrega al primer transportista), por lo qué conviene contratar un seguro de transporte adicional.
En el momento en qué la mercancía se entrega al primer transportista contratado, no cuando llega físicamente al destino final acordado, aunque sea el vendedor quien paga el transporte hasta ese destino.
El vendedor contrata y paga el transporte de la mercancía hasta el destino acordado con el comprador, aunque el riesgo se transfiera antes de qué la mercancía llegue a ese destino.
Porque el riesgo de pérdida o daño se transfiere al comprador en el momento de entrega al primer transportista, mucho antes de llegar al destino final, dejando al comprador expuesto durante buena parte del trayecto.