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El embarcador (en inglés shipper) es la persona física o jurídica que entrega la mercancía al transportista para su traslado y que figura como tal en el contrato de transporte, especialmente en el conocimiento de embarque marítimo (bill of lading). Puede coincidir con el vendedor, el exportador o un intermediario que actúa por cuenta de estos.
Sus obligaciones principales son entregar la mercancía correctamente embalada, marcada y declarada, facilitar la documentación exacta (descripción, peso, clasificación arancelaria y, en su caso, ficha de mercancía peligrosa) y pagar el flete cuando el contrato así lo establece. Desde el convenio SOLAS de 2016 también responde de declarar el peso bruto verificado (VGM) de cada contenedor.
No debe confundirse con el transitario (freight forwarder), que organiza el transporte por cuenta ajena, ni con el consignatario, que es quien recibe la mercancía en destino. En un mismo embarque, el embarcador aparece en la casilla shipper del B/L, el destinatario en la de consignee y el avisado en notify party.
En palabras sencillas, el embarcador es quien entrega la carga para que viaje: la empresa que pone sus productos en manos de la naviera o del camión y cuyo nombre aparece en los papeles del envío como responsable de la carga entregada.
En la práctica, el embarcador debe reservar el espacio de carga (booking), preparar la mercancía y su embalaje, declarar peso y contenido con exactitud, entregar en el plazo y lugar pactados y conservar el conocimiento de embarque, pues es el título que permite disponer de la mercancía. Errores en la declaración pueden generar sanciones aduaneras y responsabilidad por daños.
No: el embarcador es la parte que entrega la carga y contrata el transporte en nombre propio, mientras que el transitario organiza el transporte por cuenta del embarcador, contratando a navieras o porteadores y gestionando la documentación.
Responde de la exactitud de la declaración de la mercancía, del embalaje y marcado adecuados, de la declaración del peso bruto verificado del contenedor y de los daños que una información falsa o insuficiente cause al transportista o a terceros.
La parte que entrega la mercancía al porteador: habitualmente el exportador o vendedor, aunque en operaciones con intermediarios puede figurar el transitario actuando como embarcador contractual.