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Es el conjunto específico de riesgos y situaciones incluidas en una póliza qué, en caso de materializarse, dan derecho al asegurado a recibir la indemnización correspondiente, delimitado por el alcance concreto qué figura en las condiciones particulares y generales del contrato. Cada póliza puede combinar varias coberturas distintas (algunas obligatorias del producto, otras opcionales) qué en conjunto conforman el paquete de protección contratado.
Es lo qué tu seguro sí cubre en concreto: cada riesgo o situación qué, si pasa, te da derecho a qué te paguen. Una misma póliza suele tener varias coberturas distintas combinadas, no solo una.
Al contratar, conviene pedir el listado completo y detallado de coberturas incluidas (no solo el resumen comercial), porque el nombre genérico del producto no siempre refleja con precisión qué situaciones concretas están realmente cubiertas.
No, aunque se llamen igual comercialmente, el listado exacto de coberturas incluidas puede variar significativamente entre aseguradoras y entre distintas modalidades del mismo producto.
Sí, debe figurar en las condiciones generales y particulares de la póliza, y también en el documento de información sobre el producto (IPID) qué las aseguradoras están obligadas a entregar.
En muchos productos sí, añadiendo o eliminando coberturas opcionales sobre el núcleo básico obligatorio del seguro, ajustando la prima en consecuencia.