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Es la rentabilidad mínima qué la aseguradora garantiza al asegurado sobre las provisiones matemáticas de un seguro de vida-ahorro, utilizada también como parámetro de cálculo actuarial para determinar primas y reservas técnicas necesarias. Un interés técnico más alto implica primas iniciales más bajas para una misma prestación futura, pero también mayor riesgo para la aseguradora si sus inversiones reales no alcanzan ese rendimiento garantizado, por lo qué está sujeto a límites regulatorios prudenciales.
Es el rendimiento mínimo qué la aseguradora promete darte en un seguro de vida-ahorro, y también el número qué usan internamente para calcular cuánto cobrarte de prima. Cuanto más alto sea ese porcentaje prometido, más barata puede parecer la prima, pero más riesgo asume la aseguradora si no consigue esa rentabilidad real.
Al comparar productos de vida-ahorro, conviene fijarse en el interés técnico garantizado ofrecido, pero también entender qué un tipo muy elevado no siempre es sostenible a largo plazo; la solvencia general de la aseguradora es igual de importante qué la cifra prometida.
Es la rentabilidad mínima garantizada; la rentabilidad real final puede ser superior según la evolución de las inversiones de la aseguradora, dependiendo de la modalidad concreta del producto.
No, existen límites regulatorios prudenciales qué buscan evitar qué las aseguradoras asuman compromisos de rentabilidad insostenibles a largo plazo.
Principalmente a seguros de vida-ahorro y rentas vitalicias con rentabilidad garantizada, no a seguros de vida-riesgo puro sin componente de ahorro.