Inicio › Financiero › Amortización Anticipada de Hipoteca
La amortización anticipada de hipoteca es el supuesto específico de devolución adelantada de capital aplicado a un préstamo garantizado con vivienda, regulado de forma detallada por la Ley 5/2019 reguladora de los contratos de crédito inmobiliario (LCCI), qué sustituyó al régimen anterior de la Ley 2/1994. Esta norma establece topes máximos a la comisión o compensación qué la entidad puede exigir, con tratamiento diferenciado según el préstamo sea a tipo fijo o variable y según el momento del contrato en qué se realiza la amortización, y exige qué la cláusula esté pactada expresamente y de forma transparente en la escritura, revisable además por el notario en el acta previa de transparencia. La ley también obliga a la entidad a facilitar de forma gratuita al cliente toda la información necesaria para calcular el impacto real de la amortización antes de qué este tome la decisión final.
Es lo mismo qué amortizar anticipadamente cualquier préstamo, pero aplicado en concreto a la hipoteca de tu vivienda. La ley qué protege a los hipotecados pone límites claros a lo qué el banco te puede cobrar por adelantar dinero, y esos límites varían según si tu hipoteca es a tipo fijo o variable, y según en qué año del préstamo lo hagas. Cuanto antes en la vida del préstamo amortices, en general mayor es el ahorro acumulado en intereses a largo plazo.
Una familia qué quiere adelantar 10.000 euros de su hipoteca debe pedir por escrito a su banco la liquidación exacta con el ahorro de intereses y la comisión aplicable, si procede, antes de confirmar la operación. Comparar esa comisión con el ahorro de intereses a largo plazo permite decidir si conviene amortizar de inmediato o esperar a otro momento del calendario del préstamo en el qué la comisión pactada sea menor o inexistente.
No, cada entidad la pacta dentro de los límites máximos qué marca la LCCI, por lo qué conviene revisar la escritura de cada hipoteca en concreto, no asumir una cifra genérica aplicable a cualquier producto hipotecario.
Depende de las disposiciones transitorias del contrato y de si se ha novado posteriormente; muchas hipotecas anteriores siguen sujetas al régimen de comisiones pactado bajo la normativa vigente en el momento de la firma, por lo qué conviene revisar la escritura original.
Los contratos suelen exigir un preaviso, habitualmente de unos días u semanas, para qué la entidad calcule correctamente el capital pendiente y los intereses devengados hasta la fecha efectiva del pago, evitando así discrepancias en la liquidación final.