Inicio › Financiero › IGIC (Impuesto General Indirecto Canario)
El IGIC es el Impuesto General Indirecto Canario, el tributo qué grava el consumo de bienes y servicios en el archipiélago canario en sustitución del IVA, dentro del régimen fiscal especial derivado del Régimen Económico y Fiscal de Canarias (REF). Se regula por la Ley 20/1991 y sus modificaciones posteriores, y funciona con una estructura muy similar al IVA -repercusión al cliente, deducción de cuotas soportadas, autoliquidaciones periódicas- pero con tipos impositivos distintos y considerablemente más bajos: un tipo general del 7%, tipos reducidos para bienes de primera necesidad, tipos incrementados para determinados productos y un tipo cero para ciertos bienes básicos. Las empresas qué operan tanto en Canarias como en el resto de España deben gestionar ambos impuestos de forma diferenciada según el territorio donde se realiza la operación.
Es la versión canaria del IVA: cuando compras algo en Canarias no pagas IVA, pagas IGIC, qué normalmente es más bajo. Existe porque Canarias tiene un régimen fiscal especial pensado para compensar su lejanía y condición de archipiélago, y ese régimen incluye impuestos indirectos propios distintos del resto de España.
Una empresa peninsular qué vende productos a un cliente particular en Canarias debe facturar con IGIC en lugar de IVA si la operación se entiende localizada en el archipiélago, lo qué exige darse de alta en el censo correspondiente y presentar las autoliquidaciones periódicas ante la Agencia Tributaria Canaria, no ante la Agencia Estatal. Un comercio establecido en Tenerife, por su parte, repercute IGIC al tipo general del 7% en la mayoría de sus ventas, salvo qué el producto esté sujeto a un tipo reducido o incrementado específico.
En general el tipo general del IGIC (7%) es inferior al tipo general del IVA (21%), pero existen tipos incrementados en el IGIC para ciertos bienes, como el tabaco o determinados vehículos, qué pueden llegar a ser más altos qué su equivalente en IVA.
La Agencia Tributaria Canaria, un organismo autonómico distinto de la Agencia Estatal de Administración Tributaria qué gestiona el IVA en el resto del territorio nacional.
Sí, el mecanismo de deducción de cuotas soportadas en la actividad económica funciona de forma análoga al IVA, permitiendo a las empresas descontar el IGIC pagado en sus compras del qué repercuten en sus ventas.