Inicio › Financiero › el modelo 130 (pago fraccionado del IRPF)
El modelo 130 es la autoliquidación con la que los autónomos que tributan en estimación directa (normal o simplificada) realizan pagos fraccionados a cuenta de su IRPF. Cada trimestre calculan el 20% del rendimiento neto acumulado desde el 1 de enero, restan los pagos ya efectuados y las retenciones soportadas, e ingresan la diferencia como adelanto del impuesto anual.
Es la forma que tienen los autónomos de ir pagando su IRPF poco a poco durante el año, en lugar de todo de golpe en la renta. Cada trimestre calculas lo que has ganado, adelantas un 20% y luego, en la declaración anual, se ajustan las cuentas con lo ya pagado.
Se toman los ingresos menos los gastos deducibles acumulados del año (rendimiento neto), se aplica el 20% y se restan los pagos fraccionados de trimestres anteriores y las retenciones ya soportadas en facturas. Si el resultado es positivo, se ingresa; si es negativo o cero, se presenta a cero. Existen minoraciones por rendimientos bajos.
Un autónomo acumula en el primer semestre 20.000 € de ingresos y 8.000 € de gastos: rendimiento neto de 12.000 €. El 20% son 2.400 €. Si en el primer trimestre ya pagó 900 €, en el segundo ingresa 2.400 − 900 = 1.500 €. Todos esos pagos se descontarán después en su declaración de la renta.
Se presenta en abril, julio, octubre y enero. No lo presentan los autónomos cuyas facturas ya soportan retención en al menos el 70% de sus ingresos (típico en profesionales). Los pagos del 130 se consignan en la declaración anual del IRPF como pagos a cuenta ya realizados, reduciendo la cuota final.
El modelo 130 es a los autónomos en estimación directa lo que las retenciones de nómina son a los asalariados: un anticipo del IRPF. Quienes tributan en estimación objetiva (módulos) usan el modelo 131 en su lugar. Ambos se regularizan en la declaración de la renta.
El error más común es presentarlo estando exento por soportar suficiente retención. Otro es no deducir correctamente los gastos, inflando el pago fraccionado. También se olvida que el 130 es un adelanto: no es un impuesto adicional, se recupera vía menor cuota o devolución en la renta.
El modelo 130 desarrolla los pagos fraccionados del IRPF regulados en la Ley 35/2006 y su reglamento para actividades económicas en estimación directa.
El pago fraccionado trimestral del IRPF de los autónomos en estimación directa.
El 20% del rendimiento neto acumulado del año, menos pagos y retenciones previos.
Autónomos en estimación directa cuyas facturas no soportan retención en al menos el 70% de los ingresos.
Sí: es un adelanto que se descuenta de la cuota en la declaración anual de la renta.
El 131 es para autónomos en estimación objetiva (módulos); el 130, para estimación directa.