Inicio › Financiero › la OPA (Oferta Pública de Adquisición)
La Oferta Pública de Adquisición (OPA) es la operación por la que una persona física o jurídica (el oferente) ofrece públicamente a los accionistas de una sociedad cotizada la compra de sus acciones (u otros valores que den derecho a adquirirlas) a un precio determinado, con el fin de adquirir o consolidar el control de dicha sociedad. Está regulada por la Ley del Mercado de Valores y supervisada por la CNMV, que debe autorizar el folleto de la oferta.
Es cuando alguien quiere comprar una empresa que cotiza en bolsa y hace una oferta pública a todos sus accionistas: "os compro vuestras acciones a este precio". Los accionistas deciden si venden o no. Si el comprador reúne suficientes acciones, se hace con el control de la empresa. Es la forma habitual de comprar una compañía cotizada.
Por su carácter: amistosa (pactada con el consejo de la sociedad objetivo) u hostil (sin su acuerdo). Por su obligatoriedad: obligatoria (quien alcanza el 30% del capital o el control debe lanzar una OPA por el 100% a un precio equitativo, para proteger a los minoritarios) o voluntaria. Existen también OPA de exclusión (para retirar la empresa de bolsa) y competidoras (cuando surge una oferta rival).
Una multinacional quiere hacerse con una empresa española cotizada. Lanza una OPA ofreciendo 15 € por acción, con una prima del 20% sobre la cotización previa, para incentivar la venta. La CNMV autoriza el folleto. Los accionistas deciden acudir o no. Si el oferente supera el umbral fijado, toma el control; si no alcanza sus condiciones mínimas, la OPA puede quedar sin efecto.
El oferente presenta un folleto a la CNMV con el precio, las condiciones y el plazo de aceptación. El consejo de la sociedad objetivo emite un informe sobre la oferta. Los accionistas aceptan o rechazan dentro del plazo. Si se supera el 90%-95% del capital, pueden activarse mecanismos de compraventa forzosa (squeeze-out y sell-out). Las OPA suelen incorporar una prima sobre el precio de mercado.
El error más común es confundir la OPA (compra de acciones para tomar el control) con la OPV (venta de acciones al público). Otro es ignorar la OPA obligatoria por control, que protege a los minoritarios. También se malinterpretan las OPA de exclusión, cuyo fin es sacar la empresa de bolsa, no necesariamente cambiar de dueño.
La OPA se regula en la Ley del Mercado de Valores y en el Real Decreto 1066/2007 sobre ofertas públicas de adquisición, bajo supervisión de la CNMV.
Una oferta pública para comprar las acciones de una sociedad cotizada a sus accionistas, con el fin de tomar o reforzar su control.
La amistosa está pactada con el consejo de la empresa objetivo; la hostil se lanza sin su acuerdo.
Cuando alguien alcanza el 30% del capital o el control; debe entonces ofrecer comprar el 100% a un precio equitativo.
La OPA es para comprar acciones y tomar el control; la OPV es para vender acciones al público (por ejemplo, en una salida a bolsa).
La CNMV, que autoriza el folleto y vela por la protección de los accionistas minoritarios.