Inicio › Financiero › el fondo de comercio (goodwill)
El fondo de comercio, o goodwill, es el exceso del precio pagado en la adquisición de una empresa o negocio sobre el valor razonable de sus activos identificables menos sus pasivos. Representa el conjunto de elementos intangibles no identificables por separado que aportan valor: la reputación, la cartera de clientes, la marca, el know-how, la cuota de mercado o las sinergias esperadas. Solo se contabiliza cuando se adquiere a título oneroso (no el generado internamente).
Es lo de más que pagas cuando compras una empresa por encima de lo que valen sus bienes concretos. Si una empresa tiene activos por un millón pero pagas 1,3 millones, esos 300.000 € extra son el fondo de comercio: pagas por su marca, sus clientes fieles, su prestigio, cosas valiosas que no se pueden tocar ni vender por separado.
El fondo de comercio se registra como un activo intangible en el balance del adquirente. Según la normativa española vigente, se amortiza (con carácter general en 10 años, presunción salvo prueba en contrario) y, además, se somete anualmente a un test de deterioro. En las normas internacionales (NIIF) no se amortiza, solo se somete a test de deterioro anual. Su deterioro, una vez reconocido, no puede revertirse.
Una empresa compra otra por 5.000.000 €. El valor razonable de los activos identificables de la adquirida menos sus pasivos es de 4.000.000 €. La diferencia, 1.000.000 €, se contabiliza como fondo de comercio: refleja el valor de su marca consolidada, su clientela recurrente y las sinergias esperadas de la integración, activos intangibles no identificables por separado.
El fondo de comercio surge en operaciones de fusión y adquisición y en combinaciones de negocios. Debe someterse a test de deterioro al menos anualmente: si el negocio adquirido rinde por debajo de lo esperado, se reconoce un deterioro (gasto) que no revierte. Un fondo de comercio elevado en el balance señala que la empresa pagó primas importantes en sus compras, cuyo acierto dependerá de los resultados futuros.
El error más común es contabilizar como fondo de comercio el generado internamente (marca propia desarrollada), lo que no está permitido: solo el adquirido. Otro es no realizar el test de deterioro o pretender revertir un deterioro ya reconocido. También se confunde el fondo de comercio con el resto de intangibles identificables (patentes, licencias).
El fondo de comercio se regula en el Plan General de Contabilidad y en las normas de combinaciones de negocios (NIIF 3, NIC 36), dentro del tratamiento de los activos intangibles.
El sobreprecio pagado al adquirir una empresa por encima del valor razonable de sus activos netos, que recoge intangibles como marca y clientela.
No. Solo se contabiliza el fondo de comercio adquirido a título oneroso, no el generado internamente.
En la normativa española sí (en general en 10 años) y además se somete a test de deterioro; en las NIIF solo se somete a test de deterioro.
No. El deterioro del fondo de comercio, una vez reconocido, no puede revertirse.
En fusiones, adquisiciones y combinaciones de negocios, cuando se paga una prima sobre el valor de los activos netos.