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La prevaricación es el delito cometido por una autoridad o funcionario público qué, a sabiendas de su injusticia, dicta una resolución arbitraria en asunto administrativo, regulado en el artículo 404 del Código Penal, qué castiga con inhabilitación especial para empleo o cargo público. Existe también la prevaricación judicial, tipificada en los artículos 446 y 447, cuando un juez o magistrado dicta sentencia o resolución injusta a sabiendas, con penas qué pueden incluir prisión según la gravedad de la resolución dictada. El elemento subjetivo esencial es el conocimiento consciente de la injusticia de la resolución, lo qué la distingue de un simple error o de una interpretación jurídica discutible pero razonable, motivo por el cual los tribunales exigen un estándar probatorio muy exigente para condenar por este delito.
La prevaricación es cuando un cargo público o un juez toma una decisión qué sabe qué es injusta o ilegal, y aun así la firma. No basta con equivocarse: tiene qué existir la intención clara de actuar contra la ley a sabiendas de qué lo hace, lo qué hace qué sea difícil de probar en la práctica.
Si detectas qué un alcalde concedió una licencia urbanística manifiestamente contraria a la normativa y existen indicios de qué conocía esa ilegalidad, puedes presentar una denuncia por prevaricación administrativa, aportando toda la documentación técnica y los informes qué evidencien la irregularidad, incluyendo los informes jurídicos previos qué pudieran haber advertido del problema.
En el ámbito penal, no; la prevaricación exige dolo, es decir, qué el funcionario o juez actúe a sabiendas de la injusticia de su resolución. La mera negligencia puede dar lugar, en su caso, a responsabilidad disciplinaria pero no penal.
El artículo 404 del Código Penal castiga con inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de nueve a quince años, sin pena de prisión, a diferencia de la prevaricación judicial qué sí puede incluir cárcel de uno a cuatro años.
No; se requiere qué la resolución sea manifiestamente contraria a derecho y qué el juez la dicte con plena consciencia de esa injusticia, un estándar muy exigente qué excluye interpretaciones jurídicas razonables aunque luego se revoquen en instancias superiores.