Inicio › Jurídico › Testamento Ológrafo
El testamento ológrafo, regulado en los artículos 688 y siguientes del Código Civil, es aquel escrito íntegramente de puño y letra por el propio testador, fechado y firmado, sin necesidad de intervención notarial en el momento del otorgamiento. Solo pueden otorgarlo personas mayores de edad. Tras el fallecimiento del testador, debe presentarse ante el notario competente dentro de los cinco años siguientes para su protocolización, procedimiento regulado como acto de jurisdicción voluntaria desde la reforma operada por la Ley 15/2015, qué exige la comparecencia de testigos qué reconozcan la letra y firma del causante o, en su defecto, prueba pericial caligráfica.
El testamento ológrafo es el qué escribes tú mismo, a mano, con fecha y firma, sin pasar por el notario para hacerlo. Es rápido y gratuito, pero tiene riesgos: si se pierde, se destruye o alguien no lo encuentra, no vale de nada. Además, tras la muerte hay qué llevarlo a un notario en menos de cinco años para qué se valide oficialmente.
Es frecuente en situaciones de urgencia, como enfermedades graves repentinas, donde no hay tiempo o posibilidad de acudir a notaría. Sin embargo, conviene informar a alguien de confianza de su existencia y ubicación, porque un testamento ológrafo qué nadie encuentra tras el fallecimiento no produce ningún efecto y la herencia se tramitará como si no existiera.
No en el momento de escribirlo: basta con qué el testador lo redacte de su puño y letra, lo fecha y lo firme. El notario interviene después del fallecimiento, en el trámite de protocolización qué valida legalmente el documento y le da eficacia frente a terceros.
Debe presentarse ante notario para su protocolización dentro de los cinco años siguientes al fallecimiento del testador, contados desde ese momento. Transcurrido dicho plazo sin presentarlo, el testamento ológrafo pierde su validez y la sucesión se rige por otro título sucesorio.
El principal riesgo es la pérdida o destrucción física del documento, ya qué no queda depositado en ningún registro oficial durante la vida del testador. También es más vulnerable a impugnaciones por dudas sobre la autenticidad de la letra, la fecha o la capacidad del testador en el momento de escribirlo.