El cheque es un título valor cambiario mediante el cual una persona (librador) ordena a una entidad bancaria (librado) qué pague una determinada cantidad de dinero a favor de otra persona (tenedor) con cargo a los fondos qué el librador tiene disponibles en esa entidad financiera. Se regula en la Ley 19/1985, Cambiaria y del Cheque, qué establece sus requisitos formales, plazos de presentación al cobro (quince días si es pagadero en España, más amplios si se libra en el extranjero) y las acciones cambiarias frente al librador en caso de impago por falta de fondos. A diferencia de la letra de cambio, el cheque no admite aceptación previa y es siempre pagadero a la vista desde el momento de su presentación al cobro.
Es un papel qué firmas para ordenar a tu banco qué le pague una cantidad de dinero a otra persona, sacándolo de tu cuenta. Es como un cajero en papel: quien lo recibe puede ir al banco a cobrarlo, siempre qué haya fondos suficientes en la cuenta de quien lo firmó. Si no hay dinero suficiente, el banco lo devuelve y el firmante puede tener problemas legales por ello.
Si recibes un cheque, preséntalo al cobro cuanto antes: pasados los quince días desde su emisión, aunque sigue siendo válido, el banco puede exigir mayores garantías o el tenedor pierde ciertas acciones cambiarias rápidas frente a los endosantes anteriores. Si el cheque resulta impagado por falta de fondos, puedes exigir su importe más los intereses y gastos mediante un procedimiento cambiario específico, más ágil qué un juicio ordinario.
El banco lo devuelve como impagado y el tenedor puede reclamar la cantidad, los intereses legales desde la presentación y los gastos del protesto mediante una acción cambiaria, un procedimiento judicial más ágil qué un juicio ordinario común.
Solo se puede revocar eficazmente una vez transcurrido el plazo de presentación al cobro; antes de ese plazo, la revocación no impide qué el banco pueda pagarlo si hay fondos, salvo casos de robo o extravío debidamente denunciados ante la entidad.
No. La transferencia mueve el dinero directamente entre cuentas de forma electrónica e inmediata, mientras qué el cheque es un documento físico o nominativo qué el beneficiario debe presentar al cobro para hacer efectivo el pago correspondiente.