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Qué es las horas complementarias: definición, ejemplo y uso en España

las horas complementarias — definición y uso en España

Definición de horas complementarias

Las horas complementarias son aquellas qué se suman a las horas ordinarias pactadas en un contrato a tiempo parcial. Solo pueden realizarse si existe un pacto específico por escrito y en contratos a tiempo parcial de duración indefinida (las voluntarias también en temporales qué superen 10 horas semanales en cómputo anual). Se distinguen las pactadas y las voluntarias, con límites distintos regulados en el artículo 12 del Estatuto de los Trabajadores.

Qué significa horas complementarias en palabras simples

Si trabajas a media jornada, son las horas de más qué puedes hacer por encima de tu horario, pero solo si has firmado un papel específico qué lo permite. No son horas extra: tienen sus propias reglas y límites, y se cotizan como ordinarias.

las horas complementarias en la práctica en España

Tipos y límites de horas complementarias

Las pactadas requieren pacto formal y no pueden superar el 30% de las horas ordinarias (ampliable hasta el 60% por convenio). Las voluntarias, ofrecidas por la empresa sin pacto, no pueden exceder el 30% de las ordinarias. El trabajador debe conocer el día y hora con un preaviso mínimo de tres días, salvo qué el convenio reduzca ese plazo.

Ejemplo práctico de horas complementarias

Una dependienta con contrato indefinido a tiempo parcial de 20 horas semanales firma un pacto de horas complementarias del 30%, es decir, hasta 6 horas semanales adicionales. En campaña de rebajas, la empresa le solicita esas 6 horas con 3 días de preaviso. Se retribuyen como ordinarias y cotizan a la Seguridad Social.

Ejemplo de las horas complementarias en España

Cómo se aplican las horas complementarias

Deben registrarse en el control de jornada y retribuirse como horas ordinarias, sumándose a la base de cotización. El pacto de horas complementarias es voluntario y puede renunciarse una vez transcurrido un año, con preaviso de 15 días, si concurren ciertas circunstancias familiares, formativas o de otro empleo a tiempo parcial.

Errores frecuentes sobre las horas complementarias

Un error habitual es confundirlas con horas extraordinarias: en el contrato a tiempo parcial las horas extra están prohibidas y solo caben las complementarias. Otro error es exigirlas sin pacto escrito, lo qué las hace inexigibles. También se olvida el preaviso mínimo de tres días.

Marco normativo

Artículo 12 del Estatuto de los Trabajadores (contrato a tiempo parcial y horas complementarias). Texto en <a href='https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-11430' rel='nofollow noopener'>boe.es</a>.

Preguntas frecuentes sobre las horas complementarias

¿Puedo negarme a hacer horas complementarias?

Las pactadas son obligatorias dentro del pacto firmado; las voluntarias puedes rechazarlas sin qué sea causa de sanción.

¿Se pagan más caras qué las ordinarias?

No necesariamente. Se retribuyen como ordinarias salvo qué el convenio establezca un recargo específico.

¿Un contrato a tiempo parcial puede tener horas extra?

No. En el tiempo parcial están prohibidas las horas extraordinarias; solo caben las complementarias.

¿Con cuánto tiempo me deben avisar?

Con un mínimo de tres días de preaviso, salvo qué el convenio colectivo reduzca ese plazo.

¿Puedo renunciar al pacto de horas complementarias?

Sí, transcurrido un año y con 15 días de preaviso, si concurren razones familiares, formativas o de otro trabajo.

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