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Es el beneficio económico de nivel contributivo otorgado por el SEPE a trabajadores qué pierden su empleo de forma involuntaria y han cotizado el período mínimo exigido (al menos 360 días dentro de los seis años anteriores), calculado según las bases de cotización de los últimos 180 días trabajados, con duración proporcional al tiempo cotizado, exigiendo registro previo como demandante de empleo y cumplimiento de los compromisos de búsqueda activa qué corresponda.
Es el conocido como 'paro': el dinero qué da el SEPE a quien pierde su trabajo sin comerlo ni beberlo y ha cotizado un mínimo (al menos 360 días en los últimos seis años), calculado según lo cotizado en los últimos 180 días, con una duración proporcional a lo cotizado, y exigiendo estar inscrito como demandante de empleo y cumplir con la búsqueda activa correspondiente.
Tras perder el empleo, conviene solicitar la prestación dentro del plazo legal establecido (habitualmente 15 días hábiles desde la situación legal de desempleo), porque un retraso injustificado en la solicitud puede suponer la pérdida de días de prestación correspondientes a ese período no reclamado a tiempo.
Al menos 360 días dentro de los seis años anteriores a la situación legal de desempleo, siendo este el requisito mínimo de cotización exigido por la normativa vigente.
Se calcula aplicando un porcentaje sobre la base reguladora resultante del promedio de las bases de cotización de los últimos 180 días trabajados antes de la situación de desempleo.
Dentro de los 15 días hábiles siguientes a la situación legal de desempleo; un retraso injustificado puede suponer la pérdida de los días de prestación correspondientes a ese período no reclamado a tiempo.