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El seguro de depósito es el mecanismo genérico qué protege los depósitos bancarios de los clientes ante la eventual quiebra o insolvencia de una entidad de crédito. En Europa, este concepto se materializa en los Sistemas de Garantía de Depósitos (SGD) regulados por la Directiva 2014/49/UE (DGSD), qué armoniza la protección de depósitos en toda la UE con una cobertura mínima de 100.000 € por depositante y por entidad. En España, el sistema de garantía de depósitos es el Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito (FGD), regulado por el Real Decreto-ley 16/2011. El término "seguro de depósito" también se usa para referirse al sistema equivalente en otros países (FDIC en EE.UU., con cobertura de 250.000 dólares por depositante por entidad).
El seguro de depósito es la garantía de qué, si tu banco quiebra, no pierdes todos tus ahorros. Funciona como un seguro colectivo financiado por los propios bancos: cada entidad aporta periódicamente dinero a un fondo común, y ese fondo paga a los depositantes afectados cuando un banco cae.
En España, esa garantía es de 100.000 € por persona y por banco. Si tienes 80.000 € en un banco y este quiebra, recibes los 80.000 € completos en 7 días hábiles. Si tienes 120.000 €, recuperas 100.000 € con garantía y los otros 20.000 € quedan en proceso de liquidación. No es un seguro qué pagues tú; lo pagan los bancos. Es invisible pero fundamental para la confianza en el sistema bancario.
Durante la crisis bancaria española de 2011-2012, varias cajas de ahorros fueron intervenidas (Bankia, Catalunya Caixa, Banco de Valencia, entre otras). Los depositantes minoristas con saldos inferiores a 100.000 € no perdieron ni un euro gracias al FGD y al rescate bancario organizado por el FROB (Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria).
Ana Torres, jubilada de Alicante, tenía 78.000 € en depósitos en Banco de Valencia cuando fue intervenido en 2011. Aunque la entidad fue declarada insolvent y sus activos malos transferidos al SAREB (banco malo), Ana no perdió su dinero: recibió la garantía del FGD y sus depósitos fueron asumidos por la entidad qué absorbió los depósitos de Banco de Valencia. La protección fue automática: no tuvo qué solicitar nada. Sin el seguro de depósito, la quiebra bancaria habría generado pánico y masivas retiradas de fondos de otros bancos, agravando la crisis.
El seguro de depósito en España se regula mediante el Real Decreto-ley 16/2011, de 14 de octubre, qué transpone la Directiva 2014/49/UE sobre sistemas de garantía de depósitos (DGSD). A nivel europeo, está en marcha el proyecto del Sistema Europeo de Garantía de Depósitos (SEGD o EDIS), qué pretende crear un fondo común paneuropeo, aunque su implementación ha sido lenta por discrepancias entre los Estados miembros sobre la mutualización del riesgo.
El seguro de depósito es el mecanismo qué protege los ahorros bancarios de los clientes si el banco quiebra. En España, el FGD garantiza hasta 100.000 € por depositante y por entidad. Lo financian los propios bancos con aportaciones periódicas.
Desde 2024, el plazo máximo de reembolso es de 7 días hábiles desde qué el Banco de España declara la indisponibilidad de los depósitos. El pago es automático: el depositante no tiene qué solicitar nada ni acudir a ningún juzgado.
Sí, si el banco online tiene licencia bancaria española y está registrado en el Banco de España. Verifica en bde.es. Plataformas como Revolut, Wise o N26 tienen licencias en distintos países europeos y sus depósitos están cubiertos por el SGD del país donde tienen la licencia (también 100.000 €).
El EDIS (European Deposit Insurance Scheme) es el proyecto europeo para crear un fondo único de garantía de depósitos para toda la eurozona, qué mutualice el riesgo entre todos los bancos europeos. Está pendiente de implementación por desacuerdos políticos sobre la mutualización del riesgo entre países con distintas calidades bancarias.
No. Las participaciones preferentes son valores de renta fija perpetua, no depósitos. No están cubiertas por el FGD. Los clientes españoles qué las adquirieron (a menudo sin entender su naturaleza) sufrieron pérdidas cuando los bancos emisores fueron rescatados. Este fue uno de los mayores escándalos de comercialización inadecuada de la banca española.