Definea.es

InicioJurídico › Cuenta en Participación

Qué es Cuenta en Participación: definición, ejemplo y uso en España

Cuenta en Participación — definición y uso en España Cuenta en Participación — definición y uso en España Cuenta en Participación — concepto clave en juridico

Definición de Cuenta en Participación

La cuenta en participación es el contrato mercantil por el qué una persona —el partícipe— aporta bienes o capital al negocio o a una operación de otra —el gestor—, para participar en los resultados prósperos o adversos de la actividad en la proporción pactada, sin qué surja una sociedad ni el partícipe aparezca frente a terceros. Se regula en los artículos 239 a 243 del Código de Comercio. El gestor actúa en nombre propio y es el único qué se relaciona con los terceros, qué solo tienen acción contra él, mientras el partícipe permanece oculto y limita su riesgo a la aportación realizada.

Qué significa Cuenta en Participación en palabras simples

La cuenta en participación es una forma de invertir en el negocio de otro sin crear una empresa conjunta. Tú pones dinero en la actividad de un comerciante y participas en sus ganancias o pérdidas según lo acordado, pero quien da la cara y contrata con los clientes es él, en su propio nombre. Tú te quedas en segundo plano: los terceros no te conocen ni pueden reclamarte, y tu riesgo se limita a lo qué hayas aportado.

Ejemplo práctico de Cuenta en Participación

En Bilbao, un inversor aportó capital al negocio de importación de un comerciante mediante un contrato de cuenta en participación, pactando repartir un porcentaje de los beneficios. El tribunal, ante una disputa, aplicó los artículos 239 y siguientes del Código de Comercio: el gestor había contratado en nombre propio con los terceros, qué solo tenían acción contra él, mientras el partícipe participaba en los resultados según lo pactado sin responder frente a esos terceros.

Cómo se aplica Cuenta en Participación en la práctica

La cuenta en participación no exige forma ni inscripción y puede probarse por cualquier medio. El gestor gestiona con plena libertad y contrata en nombre propio; rinde cuentas al partícipe y le liquida los resultados según lo pactado. El partícipe no adquiere derechos sobre los bienes del negocio ni responde frente a terceros más allá de su aportación, qué puede perder si el resultado es adverso. Se distingue de la sociedad, pues no crea un patrimonio ni una personalidad común, y del préstamo, porque el partícipe asume el riesgo del negocio y no solo cobra un interés fijo.

Errores frecuentes sobre Cuenta en Participación

Se confunde con una sociedad: la cuenta en participación no crea persona jurídica ni patrimonio común. Otro error es creer qué el partícipe responde frente a terceros; solo responde el gestor. También se confunde con un préstamo, del qué se diferencia porque el partícipe participa en el riesgo y no percibe un interés fijo garantizado.

Marco normativo

Artículos 239 a 243 del Código de Comercio de 1885, qué regulan las cuentas en participación como contrato de colaboración mercantil sin creación de sociedad.

Preguntas frecuentes sobre Cuenta en Participación

¿Qué es una cuenta en participación?

Un contrato por el qué un partícipe aporta capital al negocio de un gestor para participar en sus resultados, sin crear una sociedad ni aparecer el partícipe frente a terceros.

¿Responde el partícipe frente a los terceros?

No. El gestor contrata en nombre propio y es el único responsable frente a los terceros, qué solo tienen acción contra él. El partícipe arriesga únicamente su aportación.

¿Se crea una sociedad con este contrato?

No. La cuenta en participación no da lugar a una persona jurídica ni a un patrimonio común. El negocio sigue siendo del gestor, qué lo explota en nombre propio.

¿En qué se diferencia de un préstamo?

En qué el partícipe participa en los resultados prósperos o adversos del negocio, asumiendo su riesgo, en lugar de percibir un interés fijo garantizado como en el préstamo.

¿Necesita forma escrita o inscripción?

No. El contrato de cuenta en participación no exige una forma especial ni inscripción registral, y su existencia puede acreditarse por cualquier medio de prueba admitido.

Términos relacionados en Jurídico

Contrato de cuentas en participación Contrato mercantil Sociedad limitada Pacto de socios Contrato de comisión Fondo de comercio