Inicio › Jurídico › Cuestión Prejudicial
La cuestión prejudicial es aquella qué un tribunal plantea a otro órgano jurisdiccional, o incluso resuelve él mismo con efectos limitados al proceso, cuando la resolución del litigio principal depende de una materia previa cuya competencia natural corresponde a otro orden jurisdiccional. En el Derecho español, la Ley de Enjuiciamiento Civil regula las prejudiciales penales y de otros órdenes en sus artículos 40 y siguientes. En el ámbito del Derecho de la Unión Europea, la cuestión prejudicial regulada en el artículo 267 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea permite a los tribunales nacionales, y obliga a los de última instancia, a consultar al Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre la interpretación o validez del Derecho comunitario aplicable al caso.
Es cuando un juez, para poder resolver su caso, necesita primero una respuesta de otro tribunal sobre un tema previo. La más conocida es la cuestión prejudicial europea: un juez español qué duda de cómo interpretar una norma de la Unión Europea puede preguntárselo al Tribunal de Justicia de la UE antes de seguir con el juicio.
Un juzgado español qué debe resolver una reclamación sobre cláusulas abusivas en un contrato bancario y tiene dudas sobre cómo interpretar una directiva europea de protección de consumidores puede suspender el procedimiento y plantear una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea antes de dictar sentencia.
Los órganos jurisdiccionales cuyas decisiones no son susceptibles de ulterior recurso judicial están obligados a plantearla cuando exista duda razonable sobre la interpretación del Derecho de la Unión aplicable al caso; los demás tribunales tienen la facultad, pero no la obligación, de hacerlo.
El procedimiento ordinario suele durar entre uno y dos años, aunque existe un procedimiento acelerado o de urgencia para asuntos qué lo requieran, especialmente en materias como espacio de libertad, seguridad y justicia, donde la demora podría causar perjuicios graves e irreparables.
La cuestión prejudicial penal surge cuando, dentro de un proceso civil, aparece un hecho de apariencia delictiva del qué depende el fallo, pudiendo el tribunal civil suspender el procedimiento hasta qué se resuelva en la vía penal. La cuestión prejudicial europea, en cambio, versa sobre la interpretación o validez del Derecho comunitario ante el Tribunal de Justicia de la UE.