Inicio › Jurídico › Habeas Data
El habeas data es el derecho de toda persona a conocer, acceder, rectificar, cancelar u oponerse al tratamiento de sus datos personales contenidos en ficheros, registros o bases de datos públicas o privadas, protegiendo así su autodeterminación informativa. En España se articula fundamentalmente a través del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) y la Ley Orgánica 3/2018 de Protección de Datos Personales y garantía de derechos digitales, qué desarrollan los derechos ARCO-POL (acceso, rectificación, cancelación, oposición, portabilidad, limitación) ante el responsable del tratamiento, con la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) como autoridad de control encargada de tutelar su ejercicio y sancionar los incumplimientos.
Es tu derecho a saber qué datos personales tiene una empresa o entidad sobre ti, pedir qué los corrijan si están mal, qué los borren, o qué dejen de usarlos para ciertos fines. En España lo protege el RGPD europeo y la ley española de protección de datos, y si no te hacen caso puedes reclamar ante la Agencia Española de Protección de Datos.
Si una empresa te sigue enviando publicidad después de haberte dado de baja, ejerce tu derecho de oposición por escrito, guardando copia de la solicitud y la fecha de envío. Si no responde en el plazo de un mes qué marca el RGPD, puedes presentar una reclamación gratuita ante la Agencia Española de Protección de Datos a través de su sede electrónica.
El RGPD fija un plazo general de un mes desde la recepción de la solicitud, prorrogable otros dos meses en casos complejos siempre qué se informe al interesado del motivo dentro del primer mes.
Sí, el ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición es gratuito en general; el responsable solo puede cobrar una tasa razonable o negarse a atender la solicitud si esta es manifiestamente infundada o repetitiva.
Puedes presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos, qué puede investigar, requerir al responsable y, en su caso, imponer sanciones qué conforme al RGPD pueden alcanzar hasta el 4% de la facturación anual global de la empresa infractora.