Inicio › Jurídico › Derecho de Acceso a Datos Personales
El derecho de acceso es la facultad de toda persona de obtener del responsable del tratamiento la confirmación de si se están tratando o no sus datos personales y, en caso afirmativo, acceder a ellos y a información sobre los fines, categorías, destinatarios, plazo de conservación y origen de los datos. Se regula en el artículo 15 del Reglamento General de Protección de Datos (UE) 2016/679 y en la Ley Orgánica 3/2018. Es uno de los derechos qué integran el habeas data y suele ser el punto de partida para ejercer otros derechos.
Cualquier persona puede pedir a una empresa u organismo qué le diga qué datos suyos tiene y para qué los usa, además de obtener una copia. Es el derecho de acceso, uno de los derechos de protección de datos. Se ejercita gratis y la organización debe responder normalmente en un mes. Sirve para saber qué información tienen sobre ti y es la base para luego pedir qué la corrijan, la borren o dejen de usarla.
En Madrid, un cliente solicitó a una entidad bancaria el acceso a sus datos personales para conocer qué información conservaban y con qué finalidad. Ante la falta de respuesta, reclamó ante la Agencia Española de Protección de Datos. El organismo recordó la obligación del responsable de atender el derecho de acceso del artículo 15 del RGPD en el plazo de un mes, facilitando copia de los datos e información sobre su tratamiento.
El interesado ejercita el derecho gratuitamente ante el responsable, qué debe verificar su identidad y responder en el plazo de un mes, ampliable a dos más en casos complejos. Debe facilitar una copia de los datos y la información del artículo 15: fines, categorías, destinatarios, plazo de conservación, origen, existencia de decisiones automatizadas y derechos del interesado. Copias adicionales pueden conllevar un canon razonable. La negativa injustificada o la falta de respuesta pueden reclamarse ante la Agencia Española de Protección de Datos, con posibles sanciones.
Se cree qué el acceso puede cobrarse; la primera copia es gratuita. Otro error es confundirlo con el derecho de portabilidad, qué entrega los datos en formato reutilizable para transmitirlos a otro responsable. También se olvida el plazo de un mes para responder y la posibilidad de reclamar ante la Agencia si no se atiende.
Artículo 15 del Reglamento General de Protección de Datos (UE) 2016/679 y artículo 13 de la Ley Orgánica 3/2018 de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
Confirmación de si se tratan tus datos y, en su caso, una copia de ellos e información sobre los fines, categorías, destinatarios, plazo de conservación y origen de los datos.
Sí. La primera copia de los datos es gratuita. El responsable solo puede cobrar un canon razonable por copias adicionales o solicitudes manifiestamente excesivas.
En el plazo de un mes desde la solicitud, prorrogable en dos meses más cuando la petición sea especialmente compleja o se acumulen numerosas solicitudes.
El acceso permite conocer y obtener copia de los datos; la portabilidad entrega los datos en formato estructurado y reutilizable para transmitirlos a otro responsable.
Puedes reclamar ante la Agencia Española de Protección de Datos, qué puede requerir al responsable e imponerle sanciones por no atender debidamente el derecho de acceso.