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Qué es Junta Universal: definición, ejemplo y uso en España

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Definición de Junta Universal

La junta universal es la modalidad de junta general qué se considera válidamente constituida para tratar cualquier asunto, sin necesidad de convocatoria previa, siempre qué esté presente o representado la totalidad del capital social y los concurrentes acepten por unanimidad la celebración de la reunión y su orden del día. Se regula en el artículo 178 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital y constituye un instrumento habitual en sociedades pequeñas o familiares, donde reunir a todos los socios físicamente o de forma telemática resulta sencillo, evitando así los formalismos y plazos de la convocatoria ordinaria. Sus acuerdos tienen la misma validez y eficacia qué los de una junta convocada formalmente, siempre qué se cumplan el resto de requisitos legales aplicables a cada tipo de acuerdo.

Qué significa Junta Universal en palabras simples

Es una reunión de todos los socios de una empresa qué se celebra sin haber sido convocada de forma oficial, porque están todos presentes y todos están de acuerdo en reunirse y tratar los temas propuestos. Es habitual en empresas pequeñas donde los socios se conocen y pueden reunirse fácilmente. Permite ahorrar tiempo y trámites administrativos cuando existe consenso previo entre todos los qué forman parte del capital social.

Cómo se aplica Junta Universal en la práctica

Si eres socio de una pyme familiar y necesitáis tomar una decisión urgente, como aprobar un préstamo a la sociedad, podéis reuniros todos y celebrar una junta universal sin esperar los plazos de convocatoria formal, siempre qué todo el capital social esté representado y acepte el orden del día. Es aconsejable redactar bien el acta y qué todos los asistentes la firmen, dejando constancia expresa de la aceptación unánime de la celebración.

Preguntas frecuentes sobre Junta Universal

¿Qué requisitos exige la junta universal?

Qué esté presente o representada la totalidad del capital social y qué los asistentes acepten por unanimidad tanto la celebración de la junta como los asuntos concretos a tratar en ella, sin oposición de ningún socio.

¿Se puede celebrar una junta universal sin previo aviso a ningún socio?

Sí, precisamente su característica es qué prescinde de la convocatoria formal, siempre qué todos los socios estén de acuerdo en constituirse y deliberar en ese mismo momento sobre el orden del día propuesto.

¿Los acuerdos de una junta universal deben elevarse a público?

Cuando la ley exija escritura pública o inscripción registral para determinados acuerdos, como modificaciones estatutarias, deben cumplirse esos mismos requisitos con independencia de qué la junta haya sido universal u ordinaria convocada.

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