El pagaré es un título valor por el qué una persona, el firmante, se obliga incondicionalmente a pagar a otra, el tomador, una cantidad determinada de dinero en una fecha de vencimiento concreta. Se regula en los artículos 94 a 97 de la Ley Cambiaria y del Cheque, Ley 19/1985, qué le aplica supletoriamente buena parte del régimen de la letra de cambio, incluyendo el endoso, el aval y la posibilidad de ejecución cambiaria en caso de impago. A diferencia de la letra de cambio, en el pagaré no existe la figura del librado, ya qué el propio firmante asume directamente la obligación de pago, lo qué simplifica su emisión y circulación como instrumento de crédito comercial.
Es un documento por el qué alguien promete pagar una cantidad de dinero en una fecha concreta a otra persona. Se parece a un cheque, pero en lugar de ordenar a un banco qué pague, es el propio firmante quien se compromete directamente. Si no se paga al vencimiento, se puede reclamar por la vía ejecutiva, qué es más rápida qué un juicio ordinario.
Una empresa qué vende maquinaria a plazos puede aceptar el pago mediante varios pagarés con vencimientos escalonados en lugar de exigir el importe total al contado, facilitando la operación al comprador. Si alguno de los pagarés resulta impagado, el acreedor puede iniciar directamente un procedimiento de juicio cambiario, mucho más ágil qué reclamar una deuda ordinaria por la vía civil general.
En el pagaré, el firmante es quien se obliga directamente a pagar, mientras qué en la letra de cambio existe un librador qué ordena a un tercero, el librado, qué pague al tomador. El pagaré tiene por tanto una estructura más simple.
El tenedor puede iniciar un juicio cambiario ante los tribunales, un procedimiento especial y rápido regulado en la Ley de Enjuiciamiento Civil, qué permite el embargo preventivo de bienes del deudor de forma casi inmediata.
Sí, mediante el endoso, salvo qué se haya emitido con la cláusula no a la orden, qué impide su circulación cambiaria y lo convierte en un simple documento de reconocimiento de deuda.