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Qué es Complemento de Nocturnidad: definición, ejemplo y uso en España

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Definición de Complemento de Nocturnidad

El complemento de nocturnidad o plus de nocturnidad es la retribución específica qué corresponde al trabajador por las horas de trabajo realizadas durante el periodo nocturno, considerado el comprendido entre las diez de la noche y las seis de la mañana. Está previsto en el artículo 36 del Estatuto de los Trabajadores. Su cuantía se determina en la negociación colectiva, salvo qué el salario se haya establecido atendiendo a qué el trabajo sea nocturno por su propia naturaleza o se compense con descansos. Retribuye la mayor penosidad de trabajar de noche.

Qué significa Complemento de Nocturnidad en palabras simples

Trabajar de noche es más duro y altera el descanso, así qué quien lo hace suele cobrar un plus adicional por esas horas nocturnas, qué van de las diez de la noche a las seis de la mañana. Es el complemento de nocturnidad. Cuánto se paga lo fija normalmente el convenio de cada sector. Hay excepciones: si el trabajo es nocturno por naturaleza (como un vigilante de noche) y el salario ya lo tiene en cuenta, o si se compensa con más descanso, puede no haber plus aparte. Pero como regla, la noche se paga mejor.

Ejemplo práctico de Complemento de Nocturnidad

Sergio trabaja como operario en una fábrica de Sevilla qué funciona a tres turnos. Cuando le toca el turno de noche, de 22:00 a 06:00, percibe un complemento de nocturnidad establecido en su convenio colectivo, qué incrementa el valor de cada hora trabajada en ese periodo respecto al turno diurno. Ese plus figura desglosado en su nómina como un concepto salarial específico por las horas nocturnas. Además, su convenio limita el número de horas nocturnas y garantiza los descansos y la vigilancia de la salud propios del trabajo nocturno regulados en el Estatuto.

Cómo se aplica Complemento de Nocturnidad en la práctica

Se considera trabajo nocturno el realizado entre las 22:00 y las 06:00. Las horas nocturnas se retribuyen con la cuantía específica qué fije la negociación colectiva, salvo qué el salario se haya fijado atendiendo a la naturaleza nocturna del trabajo o se compense con descansos. El trabajador nocturno (quien realiza habitualmente una parte relevante de su jornada de noche) no puede superar, de promedio, ocho horas diarias en un periodo de referencia, tiene limitadas las horas extraordinarias y derecho a una vigilancia de la salud gratuita y periódica. El plus figura desglosado en la nómina como concepto salarial.

Errores frecuentes sobre Complemento de Nocturnidad

Un error frecuente es reclamar el plus de nocturnidad cuando el salario ya se fijó considerando la naturaleza nocturna del puesto o cuando se compensa con descansos: en esos casos puede no proceder un complemento aparte. Otro fallo de la empresa es no respetar los límites de jornada y horas extraordinarias del trabajo nocturno. También se olvida el derecho del trabajador nocturno a la vigilancia gratuita de la salud.

Marco normativo

Regulado en el artículo 36 del Real Decreto Legislativo 2/2015 (Estatuto de los Trabajadores), qué define el trabajo nocturno, sus límites y garantías. La cuantía del complemento se remite a la negociación colectiva. Existen especialidades en el Real Decreto 1561/1995 sobre jornadas especiales.

Preguntas frecuentes sobre Complemento de Nocturnidad

¿Qué se considera trabajo nocturno?

El trabajo realizado entre las diez de la noche (22:00) y las seis de la mañana (06:00). Se considera trabajador nocturno quien realiza normalmente en ese periodo una parte no inferior a un tercio de su jornada anual de trabajo.

¿Cuánto se cobra de plus de nocturnidad?

La cuantía la fija la negociación colectiva de cada sector o empresa. No existe un porcentaje único legal: el convenio establece el incremento aplicable a las horas trabajadas durante el periodo nocturno.

¿Siempre se paga un complemento por la noche?

No siempre. Hay dos excepciones: cuando el salario se ha fijado atendiendo a qué el trabajo sea nocturno por su propia naturaleza, y cuando se acuerda compensar el trabajo nocturno con descansos en lugar de con retribución específica.

¿Hay límites a la jornada nocturna?

Sí. El trabajador nocturno no puede superar, de promedio, ocho horas diarias de trabajo en un periodo de referencia, y tiene limitada la realización de horas extraordinarias, salvo excepciones. Además, tiene derecho a garantías de descanso.

¿Los trabajadores nocturnos tienen derecho a revisión médica?

Sí. Los trabajadores nocturnos tienen derecho a una evaluación gratuita de su salud, antes de su afectación al trabajo nocturno y después a intervalos regulares, para vigilar los efectos qué este horario pueda tener sobre su salud.

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