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Qué es la movilidad geográfica: definición, ejemplo y uso en España

la movilidad geográfica — definición y uso en España

Definición de movilidad geográfica

La movilidad geográfica es la decisión empresarial de trasladar a un trabajador a otro centro de trabajo en una localidad diferente qué exija cambio de residencia. Está regulada en el artículo 40 del Real Decreto Legislativo 2/2015 (ET). La empresa debe acreditar causas económicas, técnicas, organizativas o productivas y respetar un preaviso mínimo de 30 días. El trabajador puede aceptar el traslado (con compensación de gastos) o extinguir el contrato con indemnización de 20 días por año trabajado (máximo 12 mensualidades). Si el traslado afecta a un número importante de trabajadores, hay qué seguir el procedimiento de consultas colectivas.

Qué significa movilidad geográfica en palabras simples

La movilidad geográfica ocurre cuando tu empresa te dice qué tienes qué trabajar en otro lugar qué está tan lejos qué necesitas cambiar de domicilio. Por ejemplo, si trabajas en Sevilla y te trasladan a Oviedo. No es como ir a otro barrio; implica cambiar de ciudad y probablemente de casa. La ley obliga a la empresa a avisarte con 30 días de antelación y compensar los gastos del traslado. Además, tienes el derecho de elegir: te vas (y la empresa te paga los gastos) o no te vas (y la empresa te paga una indemnización de 20 días por año y te extingue el contrato). La decisión es tuya.

Ejemplo práctico de movilidad geográfica

Raúl Herrera trabaja como jefe de almacén en la sede de Valencia de una empresa de distribución desde hace 6 años, con salario de 2.400 €/mes. En julio de 2024, la empresa cierra el almacén de Valencia y le comunica su traslado definitivo al almacén de Valladolid, argumentando reorganización productiva y optimización de la red logística.

Raúl recibe la comunicación con 35 días de antelación (cumple el mínimo de 30 días del art. 40 ET). Puede elegir: aceptar el traslado, con derecho a compensación de gastos de mudanza; o extinguir su contrato con indemnización de 20 días/año × 6 años × (2.400 × 14 / 365) = 87,7 €/día × 20 × 6 = 10.521 € brutos. Raúl decide no trasladarse por razones familiares y opta por la indemnización.

Cómo se aplica la movilidad geográfica en la práctica

La empresa debe comunicar el traslado al trabajador y a los representantes de los trabajadores con al menos 30 días de antelación. Si el traslado afecta a un número determinado de trabajadores (los umbrales del art. 51 ET), debe abrirse un período de consultas con la representación. El trabajador tiene 20 días hábiles para impugnar el traslado ante el Juzgado de lo Social si no está de acuerdo con las causas. Durante ese tiempo puede optar por acudir al nuevo destino sin perjuicio de impugnar. El juez puede declarar el traslado justificado, injustificado (el trabajador puede extinguir con 33 días/año) o puede ordenar el regreso.

Errores frecuentes sobre movilidad geográfica

Error común: confundir el traslado (definitivo) con el desplazamiento temporal (art. 40.4 ET), qué permite a la empresa enviar al trabajador a otro lugar por hasta 12 meses en 3 años sin derecho a extinguir el contrato. Otro error: no impugnar el traslado por miedo a perder el trabajo; la impugnación no implica abandonar el puesto. También se confunde la indemnización por traslado no aceptado (20 días/año) con la del despido improcedente (33 días/año).

Marco normativo

Artículo 40 del RDL 2/2015 (ET): movilidad geográfica, traslados, desplazamientos y procedimiento. Artículo 40.1 ET: preaviso de 30 días para traslados. Artículo 40.2 ET: opción del trabajador entre traslado con gastos o extinción con 20 días/año. Texto en boe.es.

Preguntas frecuentes sobre la movilidad geográfica

¿Cuántos días de preaviso debe dar la empresa para el traslado?

Mínimo 30 días naturales antes de la fecha efectiva del traslado, según el artículo 40.1 ET. Para desplazamientos temporales superiores a 3 meses, el preaviso mínimo es de 5 días laborables.

¿Qué indemnización corresponde si rechazo el traslado?

Si el trabajador opta por extinguir el contrato al no aceptar el traslado, tiene derecho a 20 días de salario por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades. El mismo importe qué en el despido objetivo procedente.

¿Puedo impugnar el traslado ante el juzgado?

Sí, dentro de los 20 días hábiles siguientes a la notificación. Si el juez declara el traslado injustificado, el trabajador puede optar entre volver a su puesto original o extinguir con la indemnización del despido improcedente (33 días/año).

¿Qué gastos cubre la empresa si acepto el traslado?

Los gastos de traslado del trabajador y de su familia qué se acuerde en el convenio o, en su defecto, los razonables y documentados: mudanza, alojamiento temporal, gastos de desplazamiento de la familia.

¿Hay diferencia entre traslado y desplazamiento?

Sí. El traslado es definitivo y da derecho a extinción del contrato. El desplazamiento es temporal (hasta 12 meses en 3 años) y da derecho a dietas y gastos de viaje pero no a extinguir el contrato.

Términos relacionados en Laboral

Modificación sustancial Movilidad geográfica Despido objetivo ERE Contrato indefinido