Definea.es

Inicio › Laboral › Paga Extraordinaria

Qué es Paga Extraordinaria: definición, ejemplo y uso en España

Paga Extraordinaria — definición y uso en España Paga Extraordinaria — definición y uso en España Paga Extraordinaria — concepto clave en laboral

Definición de Paga Extraordinaria

La paga extraordinaria es la retribución adicional qué el trabajador tiene derecho a percibir, como mínimo, dos veces al año: una con ocasión de las fiestas de Navidad y otra en el mes qué fije el convenio colectivo (habitualmente en verano). Está regulada en el artículo 31 del Estatuto de los Trabajadores. Su cuantía se determina en convenio y, salvo pacto en contrario, cada paga equivale a una mensualidad. Puede abonarse de forma independiente o prorratearse en las doce mensualidades si el convenio lo permite.

Qué significa Paga Extraordinaria en palabras simples

Las pagas extra son ese dinero adicional qué muchos trabajadores reciben en verano y en Navidad, además del sueldo normal de esos meses. La ley garantiza al menos dos al año. Se van generando mes a mes durante todo el ejercicio, aunque se cobren de golpe en dos momentos. Algunas empresas, en vez de darlas en dos pagos, las reparten cada mes: es el prorrateo. En cualquier caso, forman parte del salario y cuentan a efectos de finiquito e indemnizaciones.

Ejemplo práctico de Paga Extraordinaria

Javier trabaja en una fábrica de Zaragoza con un convenio qué reconoce dos pagas extraordinarias, una en junio y otra en diciembre, equivalentes cada una a una mensualidad de salario base más antigüedad. Cobra su sueldo en catorce pagas al año. Cuando en septiembre causó baja voluntaria, la empresa incluyó en su finiquito la parte proporcional de la paga extra de diciembre ya devengada desde julio, así como la parte de la de verano no disfrutada si procedía. Las pagas extra se generan día a día, por lo qué al terminar la relación se liquida la parte proporcional generada.

Cómo se aplica Paga Extraordinaria en la práctica

El número, la cuantía y las fechas de las pagas extraordinarias se fijan en el convenio colectivo o en el contrato. Se devengan de forma proporcional a lo largo del periodo al qué corresponden (anual o semestral), por lo qué al extinguirse el contrato deben liquidarse las partes proporcionales generadas y no cobradas en el finiquito. Cotizan a la Seguridad Social por su prorrateo mensual. El prorrateo en doce mensualidades solo es válido si lo permite el convenio; en caso contrario, deben abonarse en las fechas señaladas de forma independiente.

Errores frecuentes sobre Paga Extraordinaria

El error más frecuente es prorratear las pagas extra cuando el convenio no lo permite, lo qué puede reclamarse por el trabajador. Otro fallo es no incluir en el finiquito la parte proporcional de las pagas devengadas y no cobradas. También se olvida qué las pagas extra forman parte del salario y computan para calcular indemnizaciones por despido y otras prestaciones, no son un premio ajeno al sueldo.

Marco normativo

Regulada en el artículo 31 del Real Decreto Legislativo 2/2015 (Estatuto de los Trabajadores). Su cuantía, número y fechas se remiten al convenio colectivo. La cotización de las pagas extra a la Seguridad Social se rige por la normativa de cotización, qué prevé su prorrateo mensual.

Preguntas frecuentes sobre Paga Extraordinaria

¿Cuántas pagas extra corresponden por ley?

Como mínimo dos al año: una en Navidad y otra en el mes qué fije el convenio, habitualmente en verano. El convenio colectivo puede reconocer un número superior de pagas extraordinarias, pero nunca inferior a dos.

¿Se pueden prorratear en doce meses?

Sí, pero solo si el convenio colectivo aplicable lo permite. En ese caso, la parte proporcional de las pagas se incluye cada mes en la nómina. Si el convenio no lo autoriza, deben abonarse en las fechas señaladas de forma independiente.

¿Se cobran completas aunque no lleve todo el año?

No. Las pagas extraordinarias se devengan de forma proporcional al tiempo trabajado en el periodo correspondiente. Si el trabajador no ha completado el periodo de devengo, cobrará solo la parte proporcional generada.

¿Cuentan las pagas extra para el finiquito?

Sí. En el finiquito debe liquidarse la parte proporcional de las pagas extraordinarias devengadas y aún no cobradas hasta la fecha de extinción del contrato, ya qué forman parte del salario del trabajador.

¿Las pagas extra cotizan a la Seguridad Social?

Sí. Aunque se abonen de forma concentrada, las pagas extraordinarias cotizan a la Seguridad Social mediante su prorrateo mensual, de modo qué su importe se distribuye a efectos de cotización a lo largo del año.

Términos relacionados en Laboral

Prorrateo de pagas Nómina Salario base Complementos salariales Finiquito Complemento de antigüedad