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Qué es Legado: definición, ejemplo y uso en España

Legado — definición y uso en España

Definición de Legado

El legado es una disposición mortis causa por la que el testador atribuye a una persona —el legatario— bienes, derechos o prestaciones concretos e individualizados, sin otorgarle la condición de heredero universal. Está regulado en los artículos 858 a 891 del Código Civil. El legatario no responde de las deudas de la herencia —responsabilidad que recae en los herederos— y adquiere el bien legado desde la muerte del testador, aunque deba pedir su entrega a los herederos. El legado puede recaer sobre bienes inmuebles, cantidades de dinero, créditos, joyas, vehículos o cualquier otro bien determinado.

Qué significa Legado en palabras simples

Si un testamento dice "dejo mi reloj de oro a mi sobrino Pedro", eso es un legado. Pedro recibirá ese bien concreto pero no es heredero: no tiene derecho al resto de la herencia ni tiene que pagar las deudas del fallecido. La diferencia con el heredero es que este recibe una cuota del patrimonio total, lo bueno y lo malo —incluidas las deudas— mientras que el legatario solo recibe lo que se le ha señalado expresamente. Es como cuando en una repartición de casa se le dice a alguien: "Tú te quedas con el sofá y el televisor", mientras los demás se reparten todo lo demás, incluida la hipoteca. El legado puede reducirse si es inoficioso, es decir, si perjudica la legítima de los herederos forzosos.

Ejemplo práctico de Legado

Elena Torres, vecina de Valencia de 78 años, falleció en enero de 2024 dejando un testamento en el que instituía herederos a sus dos hijos y establecía tres legados: 30.000 € en metálico para su nieto Alejandro (estudiante universitario), su colección de cuadros valorada en 15.000 € para su hermana Rosa, y el apartamento en la costa valorado en 180.000 € para su amiga María del Carmen, que la había cuidado en sus últimos años. Los herederos —los hijos— debían entregar estos bienes a los legatarios una vez tramitada la herencia. Alejandro, como legatario de cantidad, recibió los 30.000 € con los intereses legales devengados desde el fallecimiento. Rosa tuvo que pedir a los herederos la entrega de los cuadros, ya que el legatario no puede tomar por sí solo la posesión del bien legado (art. 885 CC).

Cómo se aplica Legado en la práctica

El legatario debe solicitar a los herederos la entrega del legado; no puede tomar el bien por su propia mano. Si los herederos se niegan, puede ejercer la acción personal de petición del legado o, si el legado es un inmueble, la acción real correspondiente. Los plazos para reclamar el legado son los generales de prescripción (5 años para acciones personales según el art. 1964 CC reformado). El legatario debe aceptar el legado expresamente o tácitamente y puede renunciarlo. Si el legado es de cosa ajena, el testador debe adquirirla o dar su valor al legatario. El legado puede estar sujeto a condición o plazo. En el Impuesto de Sucesiones, el legatario tributa como adquirente mortis causa.

Errores frecuentes sobre Legado

Error 1: creer que el legatario es un heredero —no lo es; no responde de deudas ni tiene acción de partición. Error 2: pensar que el legatario puede tomar el bien sin esperar a los herederos —necesita la entrega formal. Error 3: confundir el legado con la donación —la donación es un acto entre vivos; el legado surte efectos al morir el testador. Error 4: ignorar que el legado puede ser inoficioso si excede la parte de libre disposición y puede reducirse para respetar las legítimas.

Marco normativo

Artículos 858 a 891 del Código Civil (RD de 24 de julio de 1889). El art. 660 CC distingue entre heredero y legatario. La tributación del legatario se regula en la Ley 29/1987 del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones y su Reglamento (RD 1629/1991).

Preguntas frecuentes sobre Legado

¿¿El legatario responde de las deudas de la herencia??

No. El legatario solo adquiere el bien o derecho concreto que se le deja y no responde de las deudas del causante, a diferencia de los herederos, que sí responden con los bienes heredados.

¿¿Se puede desheredar a un legatario??

Un legatario no puede ser desheredado en sentido técnico porque no es heredero. El testador puede simplemente revocar el legado en un testamento posterior.

¿¿El legado puede ser un inmueble??

Sí. El legado de inmueble es muy frecuente. El legatario adquiere la propiedad en el momento del fallecimiento pero debe solicitar a los herederos la entrega formal e inscribir el bien a su nombre en el Registro de la Propiedad.

¿¿Qué pasa si el bien legado no existe en la herencia??

Si el bien legado pertenece a un tercero y el testador no lo adquirió antes de morir, el legado es ineficaz, salvo que el testador haya impuesto a los herederos la obligación de adquirirlo y entregarlo.

¿¿Se puede renunciar a un legado??

Sí. El legatario puede renunciar al legado, en cuyo caso el bien revierte a la masa hereditaria y se distribuye entre los herederos según las reglas del testamento o la ley.

Términos relacionados en Jurídico

Testamento Herencia Nuda propiedad Usufructo Aceptacion de herencia Renuncia de herencia