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Qué es el complemento de maternidad: definición, ejemplo y uso en España

el complemento de maternidad — definición y uso en España

Definición de complemento de maternidad

El complemento para la reducción de la brecha de género es el suplemento económico sobre la pensión de jubilación, incapacidad permanente o viudedad reconocido a las personas que han visto afectada su carrera de cotización por la maternidad o paternidad. Sustituye al anterior complemento de maternidad (que solo se aplicaba a mujeres) tras la STC 49/2023 del Tribunal Constitucional, que declaró la norma anterior inconstitucional por discriminar a los hombres. El complemento vigente, regulado en el artículo 60 del RDL 8/2015 (LGSS) en su redacción dada por el RDL 3/2021, se reconoce a las mujeres con dos o más hijos que acceden a pensión, con la posibilidad de que los hombres también accedan si cumplen ciertos requisitos relacionados con la diferencia de pensión.

Qué significa el complemento de maternidad en palabras simples

El complemento de maternidad es una cantidad extra que se suma a la pensión de jubilación de las mujeres con dos o más hijos, para compensar el impacto que la maternidad tiene normalmente en la carrera profesional y, por tanto, en la pensión. La ley reconoce que tener hijos suele implicar interrupciones en la vida laboral, reducciones de jornada o empleos a tiempo parcial, lo que reduce la cotización acumulada y, en consecuencia, la pensión futura. Este complemento intenta corregir, al menos parcialmente, esa desventaja. El importe del complemento depende del número de hijos y de la pensión reconocida.

Ejemplo práctico de complemento de maternidad

Pilar Ortega se jubila en 2024 con una pensión de jubilación contributiva de 1.800 €/mes. Tiene tres hijos. Solicita el complemento para la reducción de la brecha de género al INSS.

Con tres hijos, el complemento es del 10% de la pensión de jubilación: 1.800 × 10% = 180 €/mes adicionales. Su pensión total pasa a ser de 1.980 €/mes. Si hubiera tenido dos hijos, el complemento sería del 5% = 90 €/mes. Con cuatro o más hijos, el complemento es del 15% (270 €/mes en el ejemplo de Pilar). Este complemento se aplica también a las pensiones de incapacidad permanente y viudedad, aunque con regulación específica. El complemento se reconoce de oficio cuando la Seguridad Social concede la pensión, sin necesidad de solicitarlo por separado.

Cómo se aplica el complemento de maternidad en la práctica

El complemento se reconoce automáticamente al concederse la pensión, a partir de los datos de descendencia disponibles en el INSS. No requiere solicitud adicional, aunque es recomendable verificar que el INSS dispone de los datos correctos sobre el número de hijos. Si la mujer tiene hijos de distintas relaciones, todos computan para el complemento. Tras la reforma del RDL 3/2021, los hombres también pueden acceder al complemento si su pensión es inferior a la de su ex cónyuge mujer con quien comparte hijos y si la diferencia se debe a la maternidad. El importe del complemento se revaloriza anualmente con las pensiones.

Errores frecuentes sobre complemento de maternidad

Error habitual: creer que el complemento de maternidad solo se aplica a las pensiones de jubilación. También se aplica a la incapacidad permanente y a la viudedad, aunque en este último caso con condiciones específicas. Otro error: pensar que el complemento es retroactivo para pensiones ya reconocidas antes de su entrada en vigor; en algunos casos sí se han reconocido complementos retroactivos tras las sentencias del Tribunal de Justicia de la UE y del Tribunal Supremo que condenaron la versión anterior por discriminar a los hombres. También se confunde con el complemento de gran invalidez (son prestaciones diferentes).

Marco normativo

Artículo 60 del RDL 8/2015 (LGSS), en la redacción del RDL 3/2021: complemento para la reducción de la brecha de género. STC 49/2023: inconstitucionalidad del complemento que solo beneficiaba a mujeres. SSTJUE de 12 de diciembre de 2019: condena al sistema anterior. Texto en boe.es.

Preguntas frecuentes sobre el complemento de maternidad

¿El complemento de maternidad lo pueden cobrar también los hombres?

Desde el RDL 3/2021, sí, aunque con condiciones más restrictivas. Un hombre puede acceder al complemento si su pensión es inferior a la de la madre de sus hijos como consecuencia de la brecha de género generada por la maternidad.

¿Cuánto es el complemento de maternidad?

El 5% de la pensión por 2 hijos, el 10% por 3 hijos y el 15% por 4 o más hijos. Se aplica sobre la cuantía de la pensión de jubilación, IP o viudedad reconocida.

¿Se pide el complemento de maternidad o se reconoce automáticamente?

El INSS lo reconoce de oficio al conceder la pensión, basándose en los datos de descendencia disponibles. Si hay discrepancia en el número de hijos, debe aportarse documentación (libro de familia) para acreditar la descendencia.

¿Tienen derecho al complemento las trabajadoras que han adoptado hijos?

Sí. Los hijos adoptados cuentan igual que los biológicos para el cómputo del complemento, tanto para las mujeres como para los hombres adoptantes.

¿El complemento se pierde si fallece el pensionista?

El complemento de maternidad no genera pensión de viudedad adicional para el cónyuge supérstite. Es un complemento personal vinculado a la pensión del titular y no se transmite a herederos.

Términos relacionados en Laboral

Pensión jubilación Permiso maternidad Cotización SS Incapacidad permanente Reducción de jornada