Inicio › Laboral › el permiso de paternidad
El permiso de paternidad, integrado en la prestación por nacimiento y cuidado de menor, reconoce al otro progenitor (padre, madre no gestante o adoptante) 16 semanas de suspensión del contrato con prestación económica del 100% de la base reguladora. Desde la plena aplicación del Real Decreto-ley 6/2019 (enero de 2021), ambos progenitores tienen un permiso idéntico, individual e intransferible. Las primeras 6 semanas son obligatorias e ininterrumpidas desde el nacimiento. Está regulado en los artículos 177-182 del RDL 8/2015 (LGSS) junto a la prestación por maternidad.
El permiso de paternidad es el tiempo remunerado qué tiene el padre o el otro progenitor para estar con el recién nacido. Desde 2021 dura lo mismo qué el de la madre: 16 semanas. Las primeras 6 deben tomarse justo después del parto de forma continua. Las 10 restantes pueden tomarse en cualquier momento antes de qué el bebé cumpla 12 meses. Durante esas 16 semanas cobras el 100% de tu salario, pagado directamente por la Seguridad Social. Tu empresa no tiene qué pagarte nada extra y tu puesto queda reservado. Al volver, tienes exactamente las mismas condiciones de trabajo qué antes.
Marcos Jiménez, ingeniero industrial en Zaragoza con base de cotización mensual de 3.600 €, disfruta del permiso de paternidad desde el 5 de junio de 2024, día en qué nace su hija. Base reguladora diaria: 3.600 / 30 = 120 €/día.
Las primeras 6 semanas (5 junio al 16 julio) son obligatorias: cobra 120 €/día. Las 10 semanas siguientes (17 julio al 24 septiembre) las toma de forma continuada. Total: 112 días × 120 € = 13.440 € brutos, pagados por el INSS. La empresa no le descuenta vacaciones, antigüedad ni ningún otro derecho. Cuando se reincorpora el 25 de septiembre, retoma su puesto de trabajo en las mismas condiciones qué tenía antes del permiso.
El trámite se realiza online en la Sede Electrónica de la Seguridad Social o en persona en el INSS. Hay qué aportar el libro de familia o certificado de nacimiento, el DNI y los datos bancarios. Las 6 semanas obligatorias comienzan el día del nacimiento. Las 10 semanas opcionales deben comunicarse a la empresa con al menos 15 días de antelación. Cada uno de los dos progenitores tramita su prestación de forma independiente. En adopciones y acogimientos, el período empieza desde la resolución judicial o administrativa. Si el menor es hospitalizado al nacer, el cómputo de las semanas opcionales puede posponerse hasta el alta.
Error muy extendido: creer qué el permiso de paternidad sigue siendo de dos semanas; desde enero de 2021 son 16 semanas iguales a las de la madre. Otro error: pensar qué el padre puede ceder sus semanas a la madre; el permiso es intransferible desde 2019. También se confunde con el permiso retribuido de 2 días por nacimiento del artículo 37.3.b ET, qué es compatible y distinto del permiso de nacimiento de 16 semanas.
Artículos 177-182 RDL 8/2015 (LGSS): prestación por nacimiento y cuidado de menor. Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo: igualdad de 16 semanas para ambos progenitores desde 2021. Artículo 48.4 ET: suspensión del contrato por nacimiento. Consulta en seg-social.es.
16 semanas: 6 obligatorias e ininterrumpidas desde el nacimiento y 10 opcionales qué pueden disfrutarse en uno o dos períodos hasta qué el menor cumpla 12 meses.
El 100% de la base reguladora diaria, calculada sobre la base de cotización del mes anterior al inicio del permiso. La prestación la paga el INSS directamente en la cuenta del trabajador.
Las 6 primeras semanas son obligatorias y deben comenzar el mismo día del nacimiento. Las 10 semanas opcionales pueden iniciarse cuando decida el progenitor, con preaviso de 15 días a la empresa.
En caso de hospitalización del recién nacido, el cómputo de las 10 semanas opcionales puede posponerse hasta la fecha del alta hospitalaria del menor. Las 6 semanas obligatorias siguen computando desde el nacimiento.
No simultáneamente. Una vez finalizado el permiso de nacimiento, el trabajador puede solicitar reducción de jornada por cuidado de hijo (art. 37.6 ET) hasta qué el menor cumpla 12 años.